Libros sociales: ¿se destruyen con la liquidación de la empresa?

Si no quisiere mantener los papeles en formato impreso, puede optar por resguardarlos en medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología

Soy el liquidador de una sociedad y como parte del proceso de liquidación quiero deshacerme de todos los libros y documentos corporativos  

esto es posible



No, a pesar de que se concluya el procedimiento de liquidación y la compañía desaparezca usted debe mantener estos documentos, porque en términos del artículo 245 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, los liquidadores conservarán en depósito durante 10 años después de la fecha en que se concluya la liquidación los libros y papeles de la sociedad.

Si no quisiere mantener los papeles en formato impreso, puede optar por resguardarlos en medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, siempre y cuando se observen los requisitos establecidos en la Norma Oficial Mexicana NOM-151-SCFI-2016 “Requisitos que deben observarse para la conservación de mensajes de datos y digitalización de documentos”.

Por último, toda vez que usted preservará los documentos en calidad de depósito, tendrá derecho a exigir alguna retribución de conformidad con lo que acuerde con los accionistas, o bien, conforme a los usos de la plaza en que se constituyó el depósito.

Además,  será responsable de los menoscabos, daños y perjuicios que las cosas depositadas sufrieren por su malicia o negligencia, tal y como lo indican los preceptos 333 y 335 del Código de Comercio.