Avisos PLD por subcontratación ¿en nuevo formato?
Desde el 1o. de septiembre ya no se puede utilizar el anexo anterior
Corporativo
Derivado de la reforma laboral en materia de subcontratación, el 24 de mayo de 2021 se publicó en el DOF, la resolución que modifica la diversa por la que se expiden los formatos oficiales de los avisos e informes que deben presentar quienes realicen actividades vulnerables, por medio de la cual se ajustaron distintos campos del anexo 11 relacionados con los servicios de subcontratación, mismo que entró en vigor desde el 1o. de septiembre de 2021.
Lo que muchos no saben es que desde esta fecha, todas las operaciones, incluso las realizadas antes del 1o. de septiembre, deberán reportarse conforme al nuevo anexo. Ello es así, toda vez que el artículo primero transitorio de la resolución de mérito señala a la letra lo siguiente:
¿Qué sucederá con el formato anterior?
El antiguo anexo solo servirá para presentar avisos modificatorios de aquellos avisos que se presentaron antes del 31 de agosto, mismo que dejará de funcionar a partir del próximo 1o. de octubre.
En conclusión, todas las operaciones por subcontratación deberán presentarse conforme al nuevo anexo, sin importar que sean operaciones de meses o años pasados.