¿Alta en el REPSE, factor determinante para cumplir obligaciones antilavado?

La UIF se prenunció sobre este particular

 .  (Foto: iStock)

Jazmín Cruz

Derivado de la reforma laboral de subcontratación, la Unidad de Inteligencia Financiera se pronunció sobre el régimen de servicios especializados y su regulación  en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Respondió el cuestionamiento de si la sola inscripción en el registro convierte a la actividad en vulnerable y genera obligaciones antilavado, en los siguientes términos: 

 

 .  (Foto: IDC)

Del anterior posicionamiento, se advierte que el factor determinante para llevar a cabo el alta de la prestación de servicios especializados como actividad vulnerable no es la inscripción el REPSE, sino la ejecución de los mismos, en cuyo caso se  deberán cumplir con los deberes previstos en la Ley Federal de Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

Para conocer la evolución de la subcontratación en materia antilavado y la manera de reportar las operaciones conforme al nuevo anexo, se le invita a leer la nota “Cómo quedó la reforma de subcontratación en materia antilavado”, de la edición 500 del 15 de diciembre de 2021, disponible en versión digital.

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