Obligaciones de los motociclistas en la CDMX

Medidas de tránsito que deben respetar estas persona

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Gran parte de los accidentes de los motociclistas se debe a la falta de cultura vial que existe en el sector. Por ello, a continuación se presentan las reglas previstas en los artículos 20 y 21 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, para los motociclistas:

Obligaciones

  • Utilizar un carril completo de circulación
  • adelantar otro vehículo solo por el lado izquierdo, y
  • respetar las reglas de preferencia de paso estipuladas en el artículo 10

Incumplir con estos deberes, será sancionado con una multa equivalente a cinco, siete o 10 veces la UMA ($481.10; $673.54 o $962.20 para 2022) y un punto a la licencia para conducir.

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Prohibiciones

  • Circular sobre las aceras y áreas reservadas al uso exclusivo de peatones; salvo que el conductor ingrese a su domicilio o a un estacionamiento, debe desmontar. La multa será de 10, 15 o 20 veces la UMA ($962.20; $1,443.30; y $1,924.40)y un punto a la licencia para conducir
  • circular por vías ciclistas exclusivas. La multa será de 20, 25 o 30 veces la UMA ($1,924.40; $2,405.50 $2,886.60 para 2022) y seis puntos a la licencia para conducir
  • circular por los carriles confinados para el transporte público de pasajero. La multa será de 20, 25 o 30 veces la UMA ($1,924.40; $2,405.50 $2,886.60 para 2022) y seis puntos a la licencia para conducir
  • circular entre carriles, salvo cuando el tránsito vehicular esté detenido y busque colocarse en el área de espera para motocicletas o en un lugar visible para reiniciar la marcha, sin invadir los pasos peatonales. La multa será de 10, 15 o 20 veces la UMA ($962.20; $1,443.30; y $1,924.40) y un punto a la licencia para conducir
  • circular por los carriles centrales de las vías de acceso controlado cuando utilicen vehículos menores a 250 centímetros cúbicos. La multa será de 10, 15 o 20 veces la UMA ($962.20; $1,443.30; y $1,924.40) y tres puntos a la licencia para conducir
  • circular en las vías en las que exista señalización vial que expresamente restrinja su circulación y segundos niveles de vías de acceso controlado. La multa será de 10, 15 o 20 veces la UMA ($962.20; $1,443.30; y $1,924.40) y tres puntos a la licencia para conducir, y
  • hacer maniobras riesgosas o temerarias, cortes de circulación o cambios abruptos de carril que pongan en riesgo su integridad y la de terceros. La multa será de 10, 15 o 20 veces la UMA ($962.20; $1,443.30; y $1,924.40) y tres puntos a la licencia para conducir