¿Qué hacer en caso de recibir llamadas de cobranza o publicidad?
La institución que lleva a cabo la cobranza debe cumplir con ciertos requisitos y estar en el REDECO
Corporativo
Llamadas a diario, al menos una vez al día para ofrecer algún producto o servicio o para recordar que se tiene una deuda pendiente, pero las llamadas son tantas que comienzan a hostigar hasta a la familia puede ser un delito, señaló la docente de la Escuela de Derecho de CETYS en Tijuana, Brenda Valdez Abril.
A través de un comunicado fechado al 9 de junio del presente, la experta compartió que “el contacto con los usuarios para hacerles saber su deuda o para que conozcan un producto no es ilegal, pero cuando esto se convierte en hostigamiento se puede convertir en delito”, aunque esas llamadas pueden evitarse.
Por ejemplo, el artículo 284 BIS del Código Penal Federal señala que en el caso de la cobranza extrajudicial, esta es ilegal si se hacen uso de violencia o intimidación ilícita ya sea de forma personal o por cualquier medio para requerir el pago del adeudo o financiamientos de este.
Valdez resaltó que “la institución que lleva a cabo la cobranza debe cumplir con ciertos requisitos por ley… (y) tienen que estar en el Registro de Despachos de Cobranza (REDECO)”, si un usuario comprueba que quien le llama no se encuentran en este y no cumplen los requisitos legales, debe “ir a CONDUSEF para que conste que la cobranza ya está siendo contraria a la ley”.
Asimismo, si se considera que el proceso de cobranza se hizo incorrectamente, se puede consultar la página de CONDUSEF para darle seguimiento y encontrar la lista de acciones que deben y no realizarse en la cobranza.
En tanto, si los usuarios rechazan lo que se les ofrece en las llamadas de publicidad, mercadotecnia, venta de productos o servicios, las empresas deben realizar un registro de que no se desea adquirir nada y deben dejar de llamar, ahora bien, si las llamadas continúan, “la institución que ayuda a parar con ello es Profeco”, añadió la docente.
Para lograr que las llamadas por parte de las instituciones financieras de detengan, se puede registrar el teléfono ante el Registro Público de Usuarios (REUS), y para la publicidad y promoción de productos o servicios, los usuarios pueden registrar su teléfono en el REPEP de Profeco, esto detendrá las llamadas, pero si continúan, “será necesario presentar una queja formal ante Profeco”.