Qué son la ventanilla y el registro únicos de inversión

Se pretende facilitar los proyectos para un adecuado desarrollo del país

La Secretaría de Economía (SE) publicó en la edición vespertina del DOF del 26 de julio de 2023 un decreto por el que se crea la ventanilla única para inversionistas (VUI) y el registro único de proyectos de inversión (RUPI), el cual entró en vigor al día siguiente de su publicación.

El decreto busca crear estos mecanismos que facilitan la instalación de inversiones en México, con excepción de aquellas en materia financiera, bancaria, crediticia, de ahorro y de innovación financiera.

LEE: NEARSHORING, LA TRANSICIÓN DEL “MADE IN CHINA” AL “HECHO EN MÉXICO”


Ventanilla Única para Inversionistas

Es el mecanismo público gratuito de contacto y orientación para la planeación o instalación de una inversión en México, que integra y transparenta información sobre los trámites que las personas interesadas deben realizar ante las autoridades federales e instituciones públicas para tales efectos. Su objetivo es que las personas interesadas en invertir en México:

  • accedan a la información relativa a los trámites que deben seguir en términos de las disposiciones jurídicas aplicables para la instalación de su inversión en México, en la que se identifiquen autoridades competentes, requisitos, costos, tiempos de respuesta, ubicación de oficinas, teléfonos, sitio web o página de internet, horarios de atención y demás información relevante
  • cuenten con un mecanismo de orientación, respecto de los trámites y regulación aplicables para la instalación de una inversión en México, y
  • tengan información sobre aspectos relevantes en materia de inversiones, como vías de comunicación, cadenas de suministro, fuerza laboral, infraestructura y otros bienes y servicios disponibles, por ubicación geográfica en el territorio nacional, que les facilite tomar decisiones para materializar su inversión


Registro Único de Proyectos de Inversión

Es el mecanismo público, electrónico y gratuito de facilitación administrativa para la gestión del establecimiento en México, de inversiones iguales o mayores a 100,000,000 USD (cien millones de dólares de Estados Unidos) o su equivalente en moneda nacional, conforme a los objetivos, estrategias y prioridades del Plan Nacional de Desarrollo y la política industrial determinada por el gobierno federal. 

El monto de inversión previsto, puede ser modificado por la SE según el comportamiento de la inversión nacional y extranjera, mediante acuerdo publicado en el DOF.

Las personas interesadas en llevar a cabo un proyecto de inversión en México que supere el monto indicado pueden acceder al acompañamiento de la SE en la materialización de su proyecto, para lo cual deben inscribirlo en el RUPI previo a realizar cualquier trámite, según las disposiciones que emita la SE. 

Para la inscripción en el RUPI, las personas interesadas deben presentar su solicitud en la VUI, junto con los siguientes documentos:

  • escrito libre mediante el cual se precise su intención de realizar una inversión en méxico
  • currículum vitae o resumen biográfico actualizado, tratándose de persona física
  • reporte anual de actividades o descripción de las actividades del último ejercicio fiscal, tratándose de personas morales, y
  • documento que acredite la personalidad jurídica de la solicitante

Dentro de los 60 días naturales siguientes a la publicación de los lineamientos, las autoridades federales deberán hacer lo necesario para promover la implementación de estos mecanismos en la materia de su competencia. 

Tanto la VUI como el RUPI deben iniciar su operación y funcionamiento dentro de los 180 días naturales siguientes a la entrada en vigor del decreto.