¿Desaparecerá el Consejo de la Judicatura Federal?

Conozca la iniciativa de reforma judicial, incluida la posible desaparición del CJF y la creación de nuevos órganos en un intento de fortalecer la independencia y la transparencia en el poder judicial

Dentro del paquete de iniciativas dadas a conocer por el presidente de la república, se contempla una reforma judicial que, entre otros aspectos, propone reemplazar el actual Consejo de la Judicatura Federal (CJF) con dos nuevos órganos de administración judicial.

Según el proyecto, esto busca asegurar la autonomía, independencia y especialización técnica de los órganos del poder judicial, así como separar las funciones jurisdiccionales de las tareas administrativas relacionadas con el nombramiento y la formación de jueces y magistrados. En esta nota, explicaremos las implicaciones que este cambio podría tener.

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¿Cuáles son las funciones del Consejo de la Judicatura Federal?

El CJF es un órgano autónomo cuyo titular es el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), encargado de administrar el poder judicial, creado con el propósito de evitar la interferencia del poder ejecutivo en la impartición de justicia. Entre las diversas funciones del CJF, se destacan sus facultades para nombrar, ratificar, adscribir y promover a magistrados y jueces, así como para investigar, sancionar o separar de sus cargos a aquellos que incurran en responsabilidades administrativas.

Razones para eliminar al Consejo de la Judicatura Federa

Los argumentos detrás de la propuesta de sustituir al CJF radican en la persistencia de actos de corrupción, favoritismos y nepotismo en el acceso y promoción dentro del poder judicial, a pesar de contar con un marco legal y órganos internos.

Además, se señala que existen preocupaciones internacionales por la presidencia conjunta de la SCJN y del CJF, recomendando que las decisiones del consejo sean revisadas por un órgano judicial independiente.

Propuesta de substitución del Consejo de la Judicatura Federal

La iniciativa busca reformar varios artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en relación con las facultades y atribuciones del CJF, proponiendo la creación de dos nuevos órganos: el de administración judicial y el Tribunal de Disciplina Judicial.

Se plantea modificar el artículo 94 constitucional para establecer que la administración del Poder Judicial de la Federación (PJF) esté a cargo de un órgano de administración judicial, mientras que la disciplina de su personal esté a cargo del Tribunal de Disciplina Judicial.

Se pretende que el Tribunal de Disciplina Judicial tenga independencia técnica y de gestión, contando con una integración colegiada de cinco miembros electos por la ciudadanía a nivel nacional. 

Se le facultará para conocer, investigar y, en su caso, sancionar responsabilidades administrativas y conductas contrarias a los principios de excelencia, profesionalismo, objetividad, imparcialidad e independencia de los ministros de la SCJN, magistrados de circuito y jueces de distrito. Las sanciones podrán incluir amonestación, suspensión, sanción económica, destitución e inhabilitación.

En relación con el órgano de administración judicial, la iniciativa sugiere incorporar al artículo 100 constitucional garantías de independencia técnica y de gestión, junto con facultades para abordar aspectos relacionados con la administración y la carrera judicial del PJF. Esto incluye la determinación del número y la división en circuitos, así como la competencia territorial y la especialización por materias de los Tribunales Colegiados de Circuito, los Tribunales Colegiados de Apelación y los Juzgados de Distrito. 

También se contempla el manejo del ingreso, permanencia y separación del personal judicial, su formación, promoción y evaluación de desempeño, así como el control interno de los recursos humanos, materiales y financieros del poder judicial.

Se prevé que el pleno del órgano de administración judicial esté compuesto de manera colegiada por cinco personas con un mandato de seis años improrrogables. Una designada por el poder ejecutivo, otra por el senado mediante votación calificada de dos tercios de sus integrantes presentes, y tres por el pleno de la SCJN, con mayoría de seis votos. La presidencia del órgano de administración será rotativa y durará dos años.

Además, se propone que la Escuela Federal de Formación Judicial y el Instituto Federal de Defensoría Pública estén bajo la responsabilidad del órgano de administración judicial.

¿Cómo impactará la posible desaparición del CJF?

Reemplazar a un órgano establecido con nuevos podría generar incertidumbre y resistencia dentro del sistema judicial mexicano. Sin duda, la aprobación de la reforma judicial conlleva un periodo de ajuste y desafíos, lo que podría impactar la efectividad en la impartición de justicia.

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