Límites de uso de efectivo en 2025 tras alza de la UMA

Límites de uso de efectivo en 2025 tras alza de la UMA

Con el aumento de la UMA en febrero de 2025, los límites de pago en efectivo establecidos por la LFPIORPI cambian
El 2025 trae consigo importantes cambios en materia de prevención de lavado de dinero. Con el incremento en el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), las operaciones sujetas a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) experimentarán ajustes que podrían impactar los límites del uso de efectivo en diversas actividades.
Desde su creación, la LFPIORPI tiene como objetivo la protección del sistema financiero y la economía nacional. Para ello, establece restricciones al uso de efectivo, permitiendo a las autoridades un mejor monitoreo de las operaciones financieras a través de pagos electrónicos.
Estas medidas facilitan un mayor control y transparencia, ayudando a prevenir delitos financieros. Además, fomentan la formalización de la economía, reduciendo la informalidad e incrementando la recaudación de impuestos.
La adopción de estas medidas está alineada con los estándares internacionales establecidos por organismos como el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), que en sus 40 Recomendaciones insta a los países a implementar estrategias para detectar el transporte físico de moneda e instrumentos negociables al portador.
El artículo 32 de la LFPIORPI prohíbe liquidar o pagar, así como aceptar la liquidación o el pago de actos u operaciones mediante el uso de monedas y billetes en moneda nacional, divisas y metales preciosos en los siguientes casos:
arrendamiento de inmuebles: constitución de derechos personales de uso y goce de vehículos o inmuebles por un valor igual o superior a 3,210 veces la UMA; esto es, actualmente $ 363,172.40
Con el incremento del valor diario de la UMA a $113.14, vigente a partir del 1o. de febrero de 2025, los límites para el uso de efectivo también se incrementan. Por ejemplo, el arrendamiento de inmuebles, cuyo límite es de 3,210 veces la UMA, equivaldrá ahora a $363,172.40.
Esto implica que, en operaciones superiores a estos montos, las personas no podrán recibir ni pagar en efectivo más allá del límite establecido, y de no cumplir con esta disposición, podrían ser sujetas a multas.
Para conocer todos los límites de uso de efectivo y las multas aplicables por su incumplimiento, consulte la nota titulada “Montos de actividades vulnerables 2025”, publicada el 30 de enero de 2025 en la edición 571 de nuestra revista digital.