El 21 de julio de 2017, se publicaron en el DOF los siguientes Anexos de la RMISC 2017:
Dígito
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Cambio o adición
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1 “Formas y formatos oficiales”
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· Solicitud de certificado de e.firma
· Constancia de pagos y retenciones del ISR, IVA e IEPS, y
· Declaración informativa de operaciones con terceros
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1-A “Trámites fiscales”
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Derivado de las modificaciones contenidas en la Segunda Resolución de modificaciones a la RMISC 2017, sufren cambios varias fichas de trámite
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3 “Criterios no vinculativos”
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33/ISR/NV. Deducción de bienes de activo fijo objeto de un contrato de arrendamiento financiero. Se considera que realiza una práctica fiscal indebida el arrendador financiero que deduzca en el ejercicio bajo un procedimiento distinto al previsto en el artículo 40 de la LISR; cuando respecto de los contratos relativos, hubiera ejercido la opción contenida en el artículo 17, fracción III de la LISR, consistente en acumular como ingreso del año solo la parte del precio que es exigible en el mismo.
De igual forma quien asesore, aconseje, preste servicios o participe en la realización o implementación de esa mecánica.
34/ISR/NV. Derechos federativos de los deportistas. Su adquisición constituye una inversión en la modalidad de gasto diferido. Es una conducta tributaria incorrecta que las asociaciones deportivas o clubes deportivos deduzcan como gasto las erogaciones entregadas a otras entidades o clubes para finiquitar la relación laboral con el atleta al momento de trasmitir los derechos federativos al adquirente de los mismos, así como las diversas que se concedan después por la adquisición de “derechos federativos” o “carta de derechos”.
De igual forma estará mal visto por el SAT quien asesore, aconseje, preste servicios o participe en la realización o la implementación de la práctica anterior
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7 “Criterios normativos”
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32/IVA/N. Intereses en financiamientos de actos gravados a la tasa del 0% o exentos. Si quien otorga el crédito o financiamiento no es el enajenante, el prestador de un servicio o el que concede el uso o goce temporal de bienes, no está exento según el numeral 15, fracción X, inciso a) de la LIVA, aunque pudiera estarlo conforme al 37 de su Reglamento de una interpretación del primer precepto a contrario sensu
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9 “Actualización de las deducciones indicadas en el precepto 121 de la LISR”
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Tratándose de la enajenación de inmuebles, se dan a conocer los factores de actualización aplicables según el tiempo transcurrido
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11 “Catálogos y claves”
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En los nombres genéricos de las bebidas alcohólicas y las marcas de tabacos labrados
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14 “Organizaciones civiles y fideicomisos asistenciales”
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Información generada desde el 1o. de abril hasta el 13 de junio de 2017
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15 “Impuesto sobre Automóviles Nuevos”
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Código de Claves Vehiculares Registradas
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16 “Dictamen”
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Se ajusta el instructivo para la integración y presentación del dictamen fiscal emitido por contador público inscrito, correspondiente a 2016, utilizando el Sistema de Presentación del Dictamen 2016 (SIPRED'2016): cuando se señale “sí” en el dato: “el contribuyente aplico criterios contrarios a los publicados en el DOF como criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras”, se deberán señalar el o los dígitos de criterios en el índice “especifique el o los numero(s) de criterio(s)” de los datos generales del dictamen
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18 “Controles volumétricos”
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Especificaciones de los aplicables para que gasolina, diesel, gas natural para combustión automotriz y gas licuado de petróleo para combustión automotriz, se enajene en establecimientos abiertos al público en general
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23 “Unidades Administrativas del SAT”
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Se dan a conocer los domicilios de las Administraciones Desconcentradas de:
· Recaudación de Aguascalientes “1” y Auditoría Fiscal Federal “1”
· la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior del Pacífico Norte, con sede en Baja California
· Servicios al Contribuyente CDMX “1”, ubicación Norte de la CDMX
· Jurídica de Aguascalientes “1”
· de Auditoría de Comercio Exterior del Sur en Yucatán
También, de la Subadministración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente de la CDMX “4”, ubicación Del Valle
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25 “Aplicación FATCA”
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Se compone de estos apartados:
· Acuerdo entre la SHCP y el Departamento del Tesoro de los EUA para mejorar el cumplimiento fiscal internacional incluyendo respecto de FATCA: Procedimientos para la identificación y reporte de Cuentas Reportables a EUA y sobre pagos a ciertas instituciones financieras no participantes; e instituciones financieras de México no sujetas a informar cuentas excluidas
· Disposiciones adicionales aplicables para la generación de información respecto de las cuentas y los pagos
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25-BIS “Cuentas reportables”
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Obligaciones generales y procedimientos de identificación y reporte de dichas cuentas |