¿Ampliación al recurso de revocación?
Procede su ampliación si el particular niega conocer el acto, a pesar de haberse eliminado el art. 129 del CFF
Fiscal Contable
La derogación del artículo 129 del CFF no eliminó la posibilidad de ampliar el recurso de revocación si el particular niega conocer el acto recurrido.
Bajo ese contexto, no procede la ampliación en el supuesto de que el recurrente conozca la resolución impugnada; pero, manifieste que no le fue notificado o que le fue ilegalmente entregado.
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Por consiguiente, si el particular exhibe las constancias de notificación, al interponer el medio de defensa y hace valer la ilegalidad de la notificación, entonces, no procede dicha ampliación, ya que, en ese caso, puede cuestionar las constancias desde la promoción del recurso.
Lo anterior se corrobora con lo expuesto por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver infundada la solicitud de sustitución de jurisprudencia 3/2015, del 28 de octubre de 2015.
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Así lo dispuso la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa al resolver el juicio número 389/16-07-02-1/2166/16-S2-07-04, del que derivó el criterio titulado: RECURSO DE REVOCACIÓN. SU AMPLIACIÓN SOLO PROCEDE SI EL PARTICULAR NIEGA CONOCER EL ACTO. LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DE LA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 09 DE DICIEMBRE DE 2013, visible en la Revista de ese órgano jurisdiccional, Octava Época, Año II, número 13, p. 186, Tesis VIII-P-2aS-118, Tesis Aislada, agosto 2017.