A declarar ingresos por copropiedad en la anual
Las personas físicas que recibieron ingresos por copropiedad en 2017 deben manifestarlos ante el fisco en su declaración anual
Fiscal Contable
Fiscalmente cuando los ingresos de las personas físicas derivan de bienes en copropiedad, están obligados a designar a uno de los copropietarios como representante común, quién tiene que:
CONSULTA EL ESPECIAL: ABC DE LA DECLARACIÓN DE PERONAS FÍSICAS
- llevar los libros
- expedir los comprobantes fiscales
- recabar la documentación que determinen las disposiciones fiscales, y
- efectuar la retención que imponga la LISR
Respecto a la inscripción en el RFC, cada copropietario debe manifestar:
- las actividades por las que obtendrá ingresos, por ejemplo arrendamiento, y
- si se trata de un copropietario representado o es el designado como representante común
Consecuentemente los deberes correspondientes a pagos mensuales y provisionales, así como el de la presentación de la declaración anual en una copropiedad deben cumplirse conforme a lo siguiente para cada actividad señalada en el RFC:
ISR
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Pagos provisionales |
Declaración anual |
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Representante |
Representado |
Representante |
Representado |
Actividades empresariales (art. 108, LISR) |
Considera la totalidad de los ingresos de todos los copropietarios |
No presenta |
Determina la utilidad o pérdida fiscal del ejercicio y acumula solo su parte proporcional |
Acumula la parte proporcional que les corresponde |
Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes y por enajenación de bienes1 (art. 145, RLISR) |
Tomarán en cuenta solo la parte proporcional de los ingresos que le corresponda a cada uno (copropietario) |
Acumulan su parte proporcional de ingresos |
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Enajenación de inmuebles2 (art. 201, RLISR) |
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Otros ingresos (art. 236, RLISR) |
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Personas morales
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La legislación fiscal no prevé un régimen especial para la copropiedad entre las personas morales, por lo que en estos casos cada contribuyente pagará las contribuciones respectivas |
Notas:
1. Las deducciones se aplican en la parte proporcional de sus ingresos
2. En el caso de que no puedan identificarse las deducciones que correspondan a cada copropietario, se harán en forma proporcional a los derechos de copropiedad
IVA
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Pagos mensuales (definitivos) |
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Representante |
Representado |
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En todos los casos (arts. 32, seundo párrafo, LIVA y 76, RLIVA) |
Considera la totalidad de los ingresos de todos los copropietarios
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No presenta
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En la declaración anual que presente cada copropietario en 2017, deberá manifestarse todo lo relacionado con la copropiedad.