CFDI del notario por copropiedad

El notario deberá emitir el CFDI por sus honorarios con un solo complemento

Llevo la administración de una notaría pública y tengo un cliente que va a enajenar un bien inmueble en copropiedad tengo la obligación de emitir un CFDI por la retención del impuesto a cada copropietario

No, el notario deberá emitir el CFDI por sus honorarios con un solo complemento, en este incorporará los datos de los copropietarios en el nodo “DatosEnajenante” CopropSocConyugalE” (nombre, apellido paterno y materno, RFC, CURP y el porcentaje expresado en decimales que le corresponda en la copropiedad a cada uno).

El entero de las retenciones indicadas, se deberá realizar en el Servicio de Declaraciones y Pagos, seleccionando “ISR otras retenciones” e “IVA retenciones”.

Lo anterior en términos del artículo 29, fracción VI del CFF y de la reglas 2.7.1.8. y 2.7.1.23. de la RMISC 2018.