Cuándo hay establecimiento permanente en México

Detalles sobre qué se considera y qué no, establecimiento permanente

.
 .  (Foto: iStock)

La LISR en su artículo 1o, contempla los sujetos obligados al pago del impuesto; dicho precepto en la fracción II contempla una figura interesante: “los residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el país”, pero ¿qué es el establecimiento permanente?

LEE: ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN MAQUILA 

El artículo 2o. de la LISR considera como establecimiento permanente a cualquier lugar de negocios en el que se desarrollen, parcial o totalmente, actividades empresariales o se presten servicios personales independientes; de igual forma enuncia algunos ejemplos de establecimientos permanentes, a saber:

  • sucursales
  • agencias
  • oficinas
  • fábricas
  • talleres
  • instalaciones
  • minas, o
  • canteras o cualquier lugar de exploración, extracción o explotación de recursos naturales

De igual forma se considera establecimiento permanente cuando una persona física o moral diferente a un agente independiente realiza operaciones en nombre de un residente en el extranjero.

Por lo anterior, se infiere que solo los agentes independientes pueden efectuar operaciones en nombre de un residente en el extranjero; sin embargo, si este no actúa en el marco ordinario de su actividad también se considera establecimiento permanente, a continuación se enlistan las conductas que determinan que un agente está fuera de su marco ordinario:

  • tenencia de existencias de bienes o mercancías, para efectuar entregas por cuenta del residente en el extranjero
  • asumir riesgos del residente en el extranjero
  • actuar sobre instrucciones detalladas o al control general del residente en el extranjero
  • ejercer actividades que económicamente corresponden al residente en el extranjero y no a sus propias actividades
  • percibir remuneraciones independientemente del resultado de sus actividades, y
  • efectuar operaciones con el residente en el extranjero utilizando precios o montos de contraprestaciones distintos de los que hubieran usado partes no relacionadas en operaciones comparables

  Una vez analizados los supuestos en los que se configura el establecimiento permanente,  es necesario mencionar los supuestos en los que no existe esta figura:

  • utilización o el mantenimiento de instalaciones con el fin de almacenar o exhibir bienes o mercancías pertenecientes al residente en el extranjero
  • conservación de existencias de bienes o de mercancías pertenecientes al residente en el extranjero con el único fin de almacenar o exhibir dichos bienes o mercancías o de que sean transformados por otra persona
  • utilización de un lugar de negocios con el único fin de comprar bienes o mercancías para el residente en el extranjero
  • utilización de un lugar de negocios con el fin de realizar actividades previas o auxiliares del residente en el extranjero, ya sean de propaganda, de suministro de información, de investigación científica, de preparación para la colocación de préstamos, o de otras actividades similares, y
  • el depósito fiscal de bienes o de mercancías de un residente en el extranjero en un almacén general de depósito ni la entrega de los mismos para su importación al país

Con el avance de las tecnologías de la información, las barreras entre países disminuyen su impacto, generando mayor comercio entre naciones, por lo que resulta importante conocer el tratamiento fiscal que se le debe dar a los extranjeros que desean realizar negocios en el país.