Cómo solicitar la devolución del ISN en la CDMX
Conoce los lineamientos para la devolución de este impuesto
Fiscal Contable
En el mundo empresarial no existen contribuyentes que estén exentos de cometer errores, ya sea por un descuido o desinformación; los cuales pueden generarles un desembolso económico; por ejemplo, el pago de lo indebido de impuestos.
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En el caso del Impuesto Sobre Nóminas (ISN) es posible recuperar el importe pagado de más a la autoridad, a través de la presentación de la solicitud de devolución contemplada en el artículo 49 del Código Fiscal del Distrito Federal (CFDF).
La autoridad fiscal debe devolver a los contribuyentes, las cantidades pagadas indebidamente que procedan de conformidad con el CFDF. Puede realizarlo mediante transferencia bancaria, con cheque nominativo o pagos referenciados en las ventanillas bancarias, cuando por alguna circunstancia, no sea posible hacerlo vía la transferencia electrónica, o mediante la dación en pago.
Esta debe efectuarse dentro de un plazo de 120 días hábiles siguientes a la fecha en que se presentó la solicitud.
Es importante mencionar que obligación del fisco de devolver, prescribe en el término de tres años; tiempo que se interrumpe con cada gestión de cobro que el contribuyente realice a través de la presentación de la solicitud de devolución correspondiente.
Esa solicitud de devolución deberá reunir los siguientes requisitos:
- constar por escrito, en español y sin tachaduras ni enmendaduras
- precisar del promovente: nombre, denominación o razón social, y número telefónico
- autoridad a la que se dirige y el propósito de la promoción
- domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la CDMX y el nombre de la persona autorizada para recibirlas
- en caso de promover a nombre de otra persona, acompañar el documento con el que se acredite la representación legal de la misma, y
- documento en el que conste el pago motivo de la devolución
A la solicitud de devolución se debe adjuntar:
- copia legible de la nómina correspondiente al periodo por el que solicita la devolución, firmada por el contribuyente o representante legal
- hoja de trabajo en la que se determine el pago correcto y las causas que originaron el error en la declaración por la que se solicita la devolución, firmada por el contribuyente o su representante legal, y
- declaración complementaria sin pago, en su caso
Cuando no se cumplan estos requisitos, la autoridad requerirá la información pendiente al interesado, a fin de que en un plazo de 10 días hábiles se cumpla con el requisito omitido; de no subsanarse, se tendrá por no presentada la solicitud de devolución.