Servidores públicos del SAT con más atribuciones
Nuevas facultades para auditoría fiscal federal, de grandes contribuyentes, auditoría en comercio exterior y de hidrocarburos
Fiscal Contable
El 22 de octubre de 2018 se publicó en el DOF el Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los servidores públicos de las Administraciones Generales de Auditoría Fiscal Federal, de Auditoría de Comercio Exterior, de Grandes Contribuyentes y de Hidrocarburos del SAT. En vigor a partir del 1o. noviembre de 2018.
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A continuación, se comentan las más destacadas:
Servidores públicos |
Atribuciones |
Administrador General de Auditoría Fiscal Federal, administradores centrales de Operación de la Fiscalización Nacional, de Análisis Técnico Fiscal, de Planeación y Programación de Auditoría Fiscal Federal, de Verificación y Evaluación de Entidades Federativas en Materia de Coordinación Fiscal, de Fiscalización Estratégica, de Devoluciones y Compensaciones; así como en los coordinadores, administradores y subadministradores que de ellos dependan, administradores y subadministradores desconcentrados de Auditoría Fiscal Federal |
Llevar a cabo todos los actos y procedimientos de presunción de transmisión indebida de pérdidas fiscales
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Administrador General de Grandes Contribuyentes; administradores centrales de Fiscalización al Sector Financiero, de Fiscalización a Grupos de Sociedades, de Fiscalización a Grandes Contribuyentes Diversos, de Fiscalización Internacional, de Fiscalización de Precios de Transferencia y los administradores y subadministradores que de ellos dependan, respecto de las entidades y sujetos comprendidos en el Apartado B del artículo 28 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria (RISAT), así como de las personas morales integradas e integradoras del Régimen Opcional para Grupos de Sociedades; y de las sociedades controladas y controladoras del Régimen de Consolidación fiscal referidas en el Capítulo VI del Título II de la LISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2013 |
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Administrador General de Hidrocarburos; administradores centrales de Verificación de Hidrocarburos y de Fiscalización de Hidrocarburos, así como los administradores y subadministradores que de ellos dependan, respecto de los sujetos y entidades comprendidos en el apartado B del artículo 30 del RISAT, así como de los sujetos y entidades comprendidos en el Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los servidores públicos de la Administración General de Hidrocarburos del SAT, publicado el 14 de marzo de 2018 |
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Administrador General de Hidrocarburos, el Administrador Central de Apoyo Jurídico y Normatividad de Hidrocarburos, así como en los administradores y subadministradores de Apoyo Jurídico y Normatividad de Hidrocarburos que de él dependan |
Resolver las solicitudes de autorización referidas en el artículo 28, fracción I, apartado B del CFF, así como amonestar, revocar, dejar sin efectos, renovar o dar a conocer la pérdida de la vigencia de dichas autorizaciones |
Los servidores públicos del SAT podrán seguir ejerciendo las facultades que les correspondan, según el Reglamento Interior de dicho órgano administrativo desconcentrado, los Acuerdos del 23 de junio de 2016, 5 de septiembre de 2017; 8 de noviembre de 2017, 14 de marzo de 2018, 11 de abril de 2018, y 30 de abril de 2018, sin perjuicio de las facultades que se delegan en términos descritos.