Qué es territorio nacional para efectos fiscales

Conoce este concepto y sus implicaciones en materia tributaria

 .  (Foto: iStock)

Mtro. Ernesto Sanciprian


Una de las formas de contribuir al gasto público es por medio de los impuestos, en México los gravámenes que más generan recursos para el Estado son: el IVA y el ISR; estos impuestos gravan hechos distintos. El ISR busca gravar la modificación patrimonial (utilidad), mientras que el IVA los actos o las actividades dirigidas al consumo de productos y/o servicios.

LEE: CÓMO ACREDITAR LA CONSTANCIA DE RESIDENCIA FISCAL

Un punto importante a observar es la territorialidad para la determinación de los impuestos, porque el IVA solo grava  actos o actividades llevadas a cabo en territorio nacional, mientras que el ISR atiende a la residencia fiscal del contribuyente sin importar si estos se reciben en el país o en el extranjero.

La LISR contempla como sujetos obligados a las personas físicas y morales, sean residentes en: 

  • México, respecto de todos sus ingresos, cualquiera que sea la ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan
  • el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el país, respecto de los ingresos atribuibles a dicho establecimiento permanente, y
  • el extranjero, respecto de los ingresos procedentes de fuentes de riqueza situadas en territorio nacional, cuando no tengan un establecimiento permanente en el país, o cuando teniéndolo, dichos ingresos no sean atribuibles a este

En el primer supuesto se específica que los residentes en México están obligados al pago del ISR. Pero ¿Quiénes son residentes en México? 

De acuerdo con el artículo 9o. del CFF se consideran residentes en territorio nacional:

Contribuyente

Situación

 

 

 

 

Personas físicas

  • que tengan su casa habitación en México
  • si el contribuyente también tiene casa habitación en el extranjero, es residente en México si en el país se encuentra su centro de intereses vitales. Se considera que el centro vital de intereses está en territorio nacional cuando:
    •  más del 50% de sus ingresos totales en el año de calendario tengan fuente de riqueza en México, o
    • en el país tengan el centro principal de sus actividades profesionales

Que tengan nacionalidad mexicana y sean funcionarios del Estado o trabajadores del mismo, aun cuando su centro de intereses vitales se ubique en el extranjero

Personas morales

Que hayan establecido en México, la administración principal de su negocio o su sede de dirección efectiva

En este contexto, se recomienda que antes encuadrar el tipo de ingreso del contribuyente de acuerdo con su actividad económica, se verifique la residencia fiscal, para tener una mayor certeza del país en el que debe tributar.

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