Solicitud de condonación de multas
Existen modificaciones a la RMISC que prevén nuevos porcentajes para la aplicación
Fiscal Contable
Una de las acciones emprendidas por el gobierno en el ejercicio 2019 fue la prohibición de la condonación de impuestos, en donde el primer mandatario presentó la iniciativa ante la cámara de diputados que pretende reformar el primer párrafo del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para eliminar esta práctica.
Si bien esta modificación propuesta por el ejecutivo está dirigida hacia los impuestos y no así para las multas, la RMISC 2020 en la regla 2.17.12. señala que el procedimiento para la condonación de multas sufre cambios; estos consisten en ajustes a los porcentajes de condonación de multas.
Es importante recordar que para que el contribuyente pueda ser acreedor al beneficio es necesario que presente su solicitud ante el SAT, anexando el escrito que cumpla con los requisitos señalados en las fichas de trámite 149/CFF “Solicitud de condonación de multas” o 200/CFF “Solicitud de condonación a contribuyentes sujetos a facultades de comprobación” contenidas en el Anexo 1-A, de la RMICS 2020, a saber:
Si desea saber cómo le afectarán los ajustes a la condonación de multas lo invitamos a la lectura del articulo “condonación de multas: SAT aprieta, pero no ahorca” de nuestra edición 458 que estará a la venta desde el 29 de febrero en tiendas Sanborns de todo el país y Vips de la Ciudad de México y área Metropolitana.