Qué cambios hubo en los anexos de la RMISC 2020

Conoce los principales ajustes a estos documentos que permiten el cumplimiento de las obligaciones fiscales

 .  (Foto: iStock)

Mtro. Ernesto Sanciprian

El 12 de mayo de 2020 se publicó en el DOF, la Primera modificación a la RMISC 2020, y como es costumbre, después de un cambio importante a las reglas, viene la publicación de los ajustes a los anexos.

En el DOF del 14 de mayo de 2020, se publicaron los cambios a varios anexos de la RMISC, entre los cuales destacan los siguientes: 

Anexo

Modificaciones

1-A

Se ajusta la ficha de trámite referente a la “Solicitud de generación y actualización de la Contraseña”, adecuando su aplicación a la obtención de la contraseña a través del portal del SAT.

También se modifican las siguientes fichas de trámite:

  • 123/CFF. Solicitud de copias certificadas de declaraciones presentadas por medios electrónicos
  • 124/CFF. Solicitud de copias certificadas de declaraciones presentadas en formatos fiscales en papel
  • 125/CFF. Solicitud de constancias de declaraciones y pagos
    138/CFF. Solicitud de programas (software)
  • 245/CFF. Habilitación del buzón tributario y registro de mecanismos de comunicación como medios de contacto
  • 296/CFF. Aclaración para subsanar las irregularidades detectadas en términos del artículo 17-H Bis del CFF, o en su caso desahogo de requerimiento o solicitud de prórroga 
  • 2/IEPS. Solicitud anticipada de marbetes o precintos para importación de bebidas alcohólicas
  •  4/IEPS. Solicitud de ministración de marbetes y precintos de bebidas alcohólicas nacionales
  • 5/IEPS. Solicitud de ministración de marbetes y precintos de bebidas alcohólicas nacionales (maquilador)
  • 6/IEPS. Solicitud de ministración de marbetes y precintos de bebidas alcohólicas de importación para adherirse en depósito fiscal (Almacén General de Depósito)
  • 7/IEPS. Solicitud de ministración de marbetes y precintos de importación a los contribuyentes que en forma ocasional importen bebidas alcohólicas de acuerdo con lo dispuesto en las reglas 1.3.1., 1.3.6. o 3.7.3. de las Reglas Generales de Comercio Exterior
  • 8/IEPS. Solicitud de ministración de marbetes y precintos de bebidas alcohólicas para adherirse en el país de origen o en la aduana, y
  •  48/IEPS. Solicitud de folios electrónicos para impresión digital de marbetes

5

Se incorporan las multas relacionadas con las modificaciones al CFF 2020

6

Se adicionan al catálogo de actividades económicas las claves de la 2407 a 2414, relacionados con las plataformas electrónicas

7

Se oficializa la creación del criterio 46/IVA/N, denominado Retención del 6 % al Impuesto al Valor Agregado a que se refiere la fracción IV del artículo 1o-A de la Ley del IVA, esta modificación no cambia el sentido.

Se señala que se entiende por “poner a disposición personal”, cuando los servicios proporcionados por el personal son “aprovechados de manera directa” por los contratantes; en este supuesto, existe la obligación de retener.

Por otro lado, indica que no habrá retención cuando no se ponga “a disposición personal”, y se entenderá que no sucede esto cuando el servicio prestado por el personal “no sea aprovechado directamente” por los contratantes, sino que sea aprovechado por el contratista

9

En este anexo se da a conocer la “Tabla a que se refiere la regla 3.15.1. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, para la opción de actualización de deducciones que señala el artículo 121 de la Ley del ISR”

Sin cambios sustanciales  

14

En él se dan a conocer la lista de las donatarias autorizadas

 

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