¿Qué tipo de declaración complementaria presentar?

Tipos de declaraciones complementarias que los contribuyentes pueden presentar conforme al aplicativo del SAT

.
 .  (Foto: iStock)

Aquellos contribuyentes (personas físicas y morales) que presentaron su declaración anual y que por algún motivo se encuentran en el supuesto de presentar una complementaria, es importante que conozcan cuantas complementarias pueden presentar y para que se utiliza cada una de ellas.

Conforme a lo previsto en el artículo 32 del CFF, las declaraciones serán definitivas y solo pueden modificarse hasta en tres ocasiones, siempre y cuando la autoridad no haya iniciado el ejercicio de sus facultades de comprobación.

Por su parte, la regla 2.8.6.5 de la RMISC 2020 señala los tipos de declaraciones complementarias que pueden presentar tanto las personas físicas como morales y el momento en que deben emplearse, a  saber:

  • “Modificación de Declaración”, esta deberá presentarse para cambiar la información de una declaración previamente presentada o para incorporar regímenes u obligaciones
  • “Dejar sin efecto Declaración”, se utilizará para eliminar en su totalidad una declaración o declaraciones previamente presentadas, y
  • “Declaración no presentada”, únicamente podrá presentarse, cuando el contribuyente previamente hubiese dejado sin efecto la o las declaraciones presentadas con anterioridad

Es importante, que el contribuyente que emplee las declaraciones complementarias, tenga la certeza de cuál va a presentar, ya que cada una de ellas se considera para el conteo.