SAT en 2021 quiere lanzar próximos mensajes de interés para los contribuyentes

De aprobarse la iniciativa de reforma fiscal, la autoridad va a poder enviar mensajes de interés a los contribuyentes, a través de buzón tributario

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 .  (Foto: iStock)

En el proyecto de iniciativas de reformas fiscales que el titular del poder ejecutivo hizo llegar al Congreso de la Unión para el ejercicio fiscal 2021, se pretenden incluir diversas modificaciones al CFF, dentro de las cuales destaca las del artículo 17-K, relativa al uso de mensajes de interés por parte de la autoridad. 

Se propone modificar la fracción I del artículo en cita, para facultar a la autoridad fiscal a enviar mensajes de interés a los contribuyentes a través del buzón tributario. 

Asimismo, se plantea en el segundo párrafo de dicho artículo, que las personas físicas y morales que tengan asignado un buzón tributario, lo deben consultar dentro de los tres días siguientes a que reciban un aviso de la autoridad fiscal, mediante cualquiera de los medios de contacto registrados por el contribuyente que pueden ser el correo electrónico y el número de teléfono celular. 

Actualmente el artículo 17-K del CFF únicamente menciona en su fracción I, que la autoridad fiscal realizará la notificación de cualquier acto o resolución administrativa que emita documentos digitales, incluyendo cualquiera que pudiera ser recurrida. 

Por su parte, el segundo párrafo solo hace mención de que los contribuyentes deberán consultar su buzón tributario dentro de los tres días siguientes a aquel en que reciban un aviso electrónico por parte del SAT. 

De aprobarse dicha modificación el artículo quedaría de la siguiente manera: 

Artículo 17-K.  

I. La autoridad fiscal realizará la notificación de cualquier acto o resolución administrativa que emita, en documentos digitales, incluyendo cualquiera que pueda ser recurrido y podrá enviar mensajes de interés. 

II.  

Las personas físicas y morales que tengan asignado un buzón tributario deberán consultarlo dentro de los tres días siguientes a aquél en que reciban un aviso electrónico enviado por el Servicio de Administración Tributaria a cualquiera de los mecanismos de comunicación que el contribuyente registre de los que se den a conocer mediante reglas de carácter general. La autoridad enviará por única ocasión, mediante los mecanismos elegidos, un aviso de confirmación que servirá para corroborar la autenticidad y correcto funcionamiento de éste.

Cabe mencionar que de aprobarse esta propuesta, la autoridad podrá enviar mensajes de interés a los contribuyentes por cualquier medio de contacto que ellos mismos asignaron, y así se les puedan notificar documentos o resoluciones a la brevedad, y ya no solamente a través de un aviso electrónico como actualmente se tiene.