Fe de hechos, insuficiente para comprobar domicilio

Es práctica común solicitar los servicios de un fedatario público para demostrar la localización de un contribuyente, lo que no resulta una prueba idónea

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 .  (Foto: iStock)

Ante la práctica común de las autoridades de tener por no localizado o localizable al contribuyente en su domicilio fiscal, los afectados han recurrido a diferentes alternativas para desvirtuar la afirmación de las autoridades fiscales dadas las consecuencias que este acto implica.

Una de las prácticas es recurrir a los servicios de notarios públicos para que emitan una fe de hechos en la que hagan constar la localización de un contribuyente en su domicilio fiscal. No obstante, para el Tribunal Federal de Justicia Administrativa en tesis aislada publicada recientemente, el documento emitido por el fedatario público no es una prueba idónea para demostrar tal hecho, ya que no aporta los elementos suficientes para demostrar el hecho que se pretende.

Para dicho tribunal la actividad del fedatario no genera actos de autoridad, pues no actúa unilateralmente para crear, modificar o extinguir por sí o ante situaciones jurídicas que afectan la esfera legal de particulares, sino solo da fe de los hechos que se describen en sus actas, aunado a que dentro de sus facultades no está comprendida la verificación de domicilio fiscal.

El tribunal afirma en la tesis de rubro FE DE HECHOS NOTARIAL. NO ES UNA PRUEBA IDÓNEA PARA DEMOSTRAR LA LOCALIZACIÓN DEL CONTRIBUYENTE EN SU DOMICILIO FISCAL., visible en la Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, Octava Época, No. 48, tesis VIII-P-2aS-669, noviembre 2020, pp. 276- 278, , que el notario público si bien tiene la función de dar certeza jurídica no tiene la función de verificar el domicilio fiscal; facultad que corresponde a la autoridad fiscal en términos de lo dispuesto en el artículo 41-B del Código Fiscal de la Federación.