Actividades económicas sujetas a las tasas efectivas

Paulatinamente el SAT dará a conocer las actividades a las que se les aplicará estos parámetros

 .  (Foto: iStock)

Carmen Mendoza

A raíz de la modificación realizada al artículo 33 del CFF para 2021, el 13 de junio de 2021, el SAT dio a conocer en su portal los primeros parámetros de referencia con respecto a tasas efectivas de impuesto para la medición de riesgos impositivos para los ejercicios fiscales 2016, 2017, 2018 y 2019 sobre el padrón de grandes contribuyentes.

Los primeros  sectores económicos que se tomaron en cuenta son: minería, industria manufacturera, comercio al por mayor, comercio al por menor y servicios financieros y de seguros, así como las industrias automotriz y farmacéutica .

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En seguida se detallan  las primeras 40 actividades económicas que el SAT difundió para la aplicación de las tasas efectivas:

  • banca múltiple o comercial
  • casas de bolsa
  • sociedades de inversión de capitales
  • compañías:
    • especializadas en seguros de vida
    • de seguros no especializadas en seguros de vida
    • afianzadoras
  • sociedades financieras de objeto múltiple
  • minería de:
    • oro
    • plata
    • cobre y níquel
    • plomo y zinc
  • fabricación de:
    • preparaciones farmacéuticas
    • cosméticos, perfumes y otras preparaciones de tocador
    • tubos y postes de hierro y acero de material comprado
    • otros productos de hierro y acero de material comprado
  • industria del aluminio
  • moldeo por fundición de:
    • todo tipo de piezas de hierro y acero producidos en otro establecimiento
    • piezas metálicas no ferrosas
  • fabricación de :
    • productos metálicos forjados y troquelado
    • otros productos metálicos
    • carrocerías y remolques
    • motores de gasolina y sus partes para vehículos automotrices
    • equipo eléctrico para vehículos automotores
    • partes de sistemas de dirección y de suspensión para vehículos automotrices
    • partes de sistemas de frenos para vehículos automotrices
    • partes de sistemas de transmisión
    • asientos para vehículos automotores
    • piezas metálicas troqueladas para vehículos automotrices
    • partes de para vehículos automotrices
  • fabricación o ensamble de:
    • automóviles y camionetas
    • de camiones y tractocamiones
  • comercio al por menor de parte y refacciones nuevas para automóviles, camionetas y camiones
  • venta de automóviles nuevos al consumidor por el fabricante, ensamblador, por el distribuidor autorizado o por el comerciante en el ramo vehículos, cuyo precio de venta no exceda $150,000.00
  • venta de automóviles nuevos al consumidor por el fabricante, ensamblador, por el distribuidor autorizado o por el comerciante en el ramo vehículos, cuyo precio de venta exceda $150,000.00
  • farmacias con minisúper, y
  • comercio al por:
    • menor de artículos de perfumería y cosméticos
    • mayor de materiales metálicos
    • mayor de desechos metálicos
    • mayor de productos farmacéuticos
    • mayor de artículos de perfumería

En esta liga se puede consultar la tasa efectiva que se debe aplicar de acuerdo con el ejercicio fiscal y la actividad que se realiza.

Cabe mencionar que aquellos contribuyentes que deban aplicar las tasas efectivas y su actividad no se encuentre publicada deberán esperar a que la autoridad fiscal haga lo propio.


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