Suspenden labores varias Salas Regionales del TFJA
Conozca qué días no corren términos para los asuntos que se encuentran en algunas sedes de este Tribunal
Fiscal Contable
Derivado de las condiciones climatológicas que se están presentando en nuestro país, es importante que los interesados conozcan si dichas condiciones han afectado el funcionamiento con la suspensión de labores de las salas del TFJA.
El Tribunal dio a conocer los acuerdos:
- SRP/1/2021 publicado el 27 de agosto de 2021 en el DOF, en donde señala que el paso del huracán "Grace" por territorio estatal es un caso fortuito o de fuerza mayor, generador de una situación de inseguridad para la vida y la integridad física del personal que labora en la Sala Regional Peninsular y de quienes acuden a esta, por lo que se determinó suspender labores de la Sala Regional Peninsular de este Tribunal, el 19 y 20 de agosto de 2021.
Cabe resaltar que en dicho acuerdo se menciona que la suspensión puede prorrogarse en los días subsecuentes, siempre que el gobierno del estado de Yucatán mantenga la medida preventiva de suspensión de actividades decretada o de presentarse casos urgentes, de caso fortuito o fuerza mayor que impidan la realización de actividades.
Resulta importante señalar que si las partes del juicio debían presentar alguna actuación ante esta autoridad jurisdiccional en los días de suspensión aludidos, no correrán los términos y plazos procesales previstos en las normatividades correspondientes que regulan el procedimiento contencioso administrativo federal.
- SRIII/2/2021, dictado el 31 de agosto del presente año, en el cual considerando las condiciones climatológicas adversas que se han generado en el estado de Sinaloa debido al paso del huracán "Nora" categoría 1, que constituye un caso fortuito o de fuerza mayor, generador de una situación de inseguridad para la vida y la integridad física del personal que labora en las Salas Regionales del Noroeste III y de quienes acuden a estas, han determinado suspender labores en las salas antes mencionadas de dicho Tribunal, el día 31 agosto de 2021.
Es prudente precisar que la autoridad en dicho acuerdo menciona que en el día de suspensión, no correrán los términos y plazos procesales previstos en las normatividades correspondientes que regulan el procedimiento contencioso administrativo federal