Aún con cambio de régimen, SAT apuesta por la retención ISR en 2022
Conozca los detalles de quienes serán los sujetos de retención de este impuesto
Fiscal Contable
El 8 de septiembre fue presentado ante el Congreso de la Unión el paquete económico para el ejercicio de 2022.
Dentro de las novedades surge un nuevo “Del Régimen Simplificado de Confianza” en el cual las personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes podrán optar pagar el impuesto conforme este nuevo régimen siempre que no exceda los ingresos de $3,500,000.00
Uno de los puntos que debe destacarse es que sucederá con la retención de impuestos.
Al respecto, vale comentar que en el artículo 113-J de la LISR se contempla que los contribuyentes que realicen actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, a personas morales, estas últimas deberán retener la tasa del 1.25 %.
Como se observa, de aprobarse esta disposición, la retención abarcaría no solo los honorarios y el arrendamiento sino también las actividades empresariales.
De ahí que se debe estar pendiente del camino legislativo de esta reforma para confirmar dicha retención.