Estímulo fiscal a entidades financieras y ganadores del “Buen fin”
Con miras a esta estrategia de reactivación de la economía se publicó en el DOF un estímulo fiscal, conozca los detalles
Fiscal Contable
El 28 de octubre de 2021 se dio a conocer en el DOF el “Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos”, por el que se concede un estímulo fiscal a las entidades financieras y demás entidades que emitan tarjetas al amparo de un titular de marca cuando se pueda identificar al tarjetahabiente titular, o bien a través de las entidades participantes en redes de medios de disposición que, de conformidad con el contrato que hayan celebrado con la Cámara de Compensación para Pagos con Tarjetas, provean de infraestructura o terminales punto de venta y de servicios a receptores de pagos con tarjetas de crédito o débito, de acuerdo con las "Disposiciones de Carácter General aplicables a las Redes de Medios de Disposición”.
Dicho estímulo fiscal consiste en acreditar contra el ISR propio o el retenido a terceros, el monto que corresponda a la entrega de premios que efectúen dichas entidades, por cuenta del Gobierno Federal, a las siguientes personas:
- tarjetahabientes personas físicas cuando hayan utilizado como medios de pago tarjetas de crédito o de débito en la adquisición de bienes o servicios durante el periodo del 10 al 16 de noviembre de 2021 a personas físicas o morales inscritas en el Portal de Internet de "El Buen Fin" para el ejercicio 2021, y siempre que los citados tarjetahabientes hayan resultado ganadores en el sorteo "El Buen Fin" que lleve a cabo el SAT, y
- físicas o morales que enajenen bienes o presten servicios y reciban como medios de pago tarjetas de crédito o de débito durante el periodo del 10 al 16 de noviembre de 2021, cuyos ingresos acumulables en el ejercicio inmediato anterior no hayan excedido de cinco millones de pesos, siempre que se encuentren inscritas en el portal de Internet de "El Buen Fin" y hayan resultado ganadores en el sorteo "El Buen Fin" que lleve a cabo el SAT
El monto del estímulo fiscal será la cantidad que las entidades financieras efectivamente entreguen a los tarjetahabientes ganadores.
La suma total del monto de los premios a entregar del sorteo "El Buen Fin", por parte de las entidades financieras no podrá exceder en su conjunto de 500 millones de pesos.
Si bien es cierto que el sorteo realizado por el SAT es a nivel federal, también surge la interrogante de qué pasa con los impuestos locales. Para responder es necesario observar lo dispuesto en el artículo cuarto de dicho decreto; en este se prevé que el monto de los impuestos estatales que se generen por la obtención de los premios del sorteo que lleve a cabo el SAT, será cubierto por la federación a la entidad federativa del lugar en el que se entregue el premio correspondiente, a través del procedimiento de compensación permanente de fondos.
De igual forma, los premios entregados a las personas físicas o morales derivado del sorteo "El Buen Fin" no se considerarán ingresos acumulables para los efectos del ISR.