Se espera que la RMISC 2022 aclare diversas situaciones previstas en la reforma fiscal publicada el 12 de noviembre de 2021; sin embargo, antes de la publicación de dicho documento y a 10 días de concluir el ejercicio fiscal 2021 se sigue parchando la RMISC de este año; toda vez que se publicó el 21 de diciembre de 2021 en el DOF la cuarta modificación, la cual hace los siguientes ajustes:
Regla
Contenido
2.1.6.
Días inhábiles
Se prevé que El segundo periodo general de vacaciones del 2021, comprende los días del 20 al 31 de diciembre de 2021
5.2.6.
Características de seguridad de los marbetes y precintos
Modificación a los requisitos y características que deben tener los marbetes, destacando que la regla se adecua a los marbetes electrónicos, relacionados a la reforma en materia de IESP
Anexo 1-A
Ficha de trámite 46/IESP
Se modifica esta ficha de trámite para añadir información adicional la cual consiste en:
para el cumplimiento del requisito referente al cumplimiento de la cantidad igual o superior de 300,000 marbetes físicos solicitados y adheridos en el ejercicio inmediato anterior, se podrá cumplir, con la suma de los marbetes físicos adheridos a los productos de la misma categoría o familia en sus diferentes presentaciones
el dictamen de uso de imagen y diseño y sus anexos tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio fiscal, por lo que, dentro de los 15 días hábiles previos a su vencimiento, debes solicitar a esta autoridad a través del portal del SAT, la emisión del nuevo dictamen
en el supuesto de que, por la forma del envase, dimensión o las características de la etiqueta o contra etiqueta del mismo y toda vez que la regla 5.2.6. de la RMISC 2021, señala la opción de poder variar el tamaño establecido para el marbete electrónico, se deberá solicitar mediante escrito libre (el cual se debe adjuntar en la presentación de este trámite) la autorización para modificar el tamaño, indicando las medidas exactas que deseas utilizar para su impresión, sin que estas sean menores de 2 X 2 cm, asimismo se debe manifestar la justificación de la modificación del tamaño, la cual podrá complementar con el envío de documentos o imágenes