Prácticas indebidas en la emisión de CFDI
Conozca los nuevos criterios que el SAT considera para tal efecto
Fiscal Contable
IDC le extiende una cordial invitación a nuestro seminario Lo nuevo del CFDI: versión 4.0 y complemento de pagos que se llevará a cabo el próximo 18 de enero de 2021. Consulte el temario aquí y si desea inscribirse puede hacerlo en esta liga.
A través de su página en Internet, el SAT dio a conocer lo que se consideran como malas prácticas en la emisión de CFDI, a saber:
- exigir datos adicionales al RFC, nombre, denominación o razón social, régimen fiscal y código postal del receptor, y cuyos datos solo deben proporcionarse verbalmente
- obligar a proporcionar un correo electrónico, ya que este es opcional
- incrementar el precio del bien o servicio cuando se solicita la factura, pues este ya debe incluir el IVA, sin importar si se emite o no dicho documento
- obligar al receptor a generar la factura en un portal. Se debe entregar la factura en el establecimiento en donde se lleva a cabo la operación y al momento de realizarla, si así lo requiere el contribuyente
- negar el CFDI argumentando que no se solicitó en el momento de la transacción, pues este puede emitir durante el mismo año en que se realizó la operación
- registrar una forma de pago distinta a la recibida o registrarla sin que esté pagada
- solicitar obligatoriamente se indique el uso que se le dará a la factura; si el receptor no lo indica se utiliza la clave “P01 Por definir"
- negar el CFDI cuando se pague en efectivo, y
- no expedir el CFDI tratándose de pagos por anticipos
Asimismo, recuerde que no expedir, no entregar o no poner a disposición de los clientes los CFDI, o expedirlos sin que cumplan los requisitos fiscales, se consideran infracciones que pueden llevar hasta la clausura del establecimiento.
De igual forma invita a denunciar alguna de estas prácticas indebidas directamente en su portal.