La aplicación de la cláusula antiabuso implementada en el CFF desde el ejercicio 2020 ha producido singular polémica; una de las principales interrogantes durante todo el 2022 es ¿Cómo se integraría el comité que decide si una operación carece de razón de negocios?
LEE: COMITÉ DE LA CLÁUSULA ANTIABUSO
Así, en términos del párrafo tercero del artículo 5-A del CFF, antes de la emisión de la última acta parcial, del oficio de observaciones o de la resolución provisional, la autoridad fiscal deberá someter el caso a un órgano colegiado integrado por funcionarios de la SHCP y el SAT, y obtener una opinión favorable para la aplicación de este precepto.
El SAT dio a conocer en la regla 2.1.52. de la RMISC, la forma en la que se integrará el órgano. Para un mayor entendimiento de esta disposición se presenta la siguiente ilustración:
Un punto controvertido hasta inicios del ejercicio 2023 era si los funcionarios públicos contaban con las atribuciones de ser parte del órgano colegiado; sin embargo, esta duda se disipó con la publicación del 4 de mayo de 2023 en el DOF del "Acuerdo por el que se delegan facultades a los servidores públicos del Servicio de Administración Tributaria” mediante el cual el jefe del SAT delega diversas facultades a distintas administraciones.
El artículo octavo de dicho documento delega la facultad de integrar y participar en el órgano colegiado establecido en el artículo 5-A del CFF. Los servidores públicos que pueden ejercer esta atribución son administradores:
- generales de Auditoría Fiscal Federal, de Auditoría de Comercio Exterior, de Grandes Contribuyentes, de Hidrocarburos y Jurídico, y
- centrales de Operación de la Fiscalización Nacional, de Análisis Técnico Fiscal, de Planeación y Programación de Auditoría Fiscal Federal, de Verificación y Evaluación de Entidades Federativas en Materia de Coordinación Fiscal, de Fiscalización Estratégica, de Apoyo Jurídico de Auditoría Fiscal Federal, de Devoluciones y Compensaciones, de Apoyo Jurídico de Auditoría de Comercio Exterior, de Investigación y Análisis de Comercio Exterior, de Operaciones Especiales de Comercio Exterior, de Auditoría de Operaciones de Comercio Exterior, de Coordinación Estratégica de Auditoría de Comercio Exterior, de Planeación y Programación de Fiscalización de Grandes Contribuyentes, de Fiscalización al Sector Financiero, de Fiscalización a Grupos de Sociedades, de Fiscalización a Grandes Contribuyentes Diversos, de Fiscalización Internacional, de Fiscalización de Precios de Transferencia, de Apoyo Jurídico y Normatividad de Grandes Contribuyentes, de Apoyo Jurídico y Normatividad Internacional, de lo Contencioso de Grandes Contribuyentes, de Coordinación Estratégica de Grandes Contribuyentes, de Planeación y Programación de Hidrocarburos, de Verificación de Hidrocarburos, de Fiscalización de Hidrocarburos, de Apoyo Jurídico y Normatividad de Hidrocarburos, de lo Contencioso de Hidrocarburos, de Operación de Hidrocarburos, de Normatividad en Impuestos Internos, de Normatividad en Comercio Exterior, de lo Contencioso y de Amparo e Instancias Judiciales
De esa forma el SAT está listo para aplicar el numeral 5-A del CFF, sobre la cláusula antiabuso. La vía para aplicar esto es dentro de las facultades de comprobación de la autoridad.
Si desea conocer más información respecto a la integración de este comité, se recomienda consultar nuestra revista digital número 533 del 31 de mayo de 2023 en donde se aborda este tópico.