Poco a poco hemos visto cómo la tecnología ha ido evolucionando, facilitando cada día las actividades comunes, al grado que hoy resulta difícil imaginar cómo era la vida antes de la implementación de diversos avances tecnológicos.
En materia de tributación sucede lo mismo, ya que año con año el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha sabido implementar la tecnología a sus métodos de fiscalización y recaudación. Tal es el caso de la creación del CFDI que se relaciona con el cumplimiento de la presentación de las declaraciones.
El SAT ya nos había dado la prueba de que puede utilizar el CFDI como base para el llenado de declaraciones, y en esta ocasión es el turno de la declaración de IVA del régimen general.
Qué tiene de novedades el nuevo aplicativo de la declaración del IVA
Si bien es cierto que los contribuyentes personas morales del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO-PM) ya encontraban su declaración prellenada con los datos de los CFDI, también lo es que esto resulta novedoso para los contribuyentes del régimen general de ley.
De tal forma que el nuevo aplicativo para la presentación de Impuesto al Valor Agregado (IVA) de personas morales del régimen general, ya contiene datos precargados de los CFDI que respaldan las operaciones de los contribuyentes.
Al momento de intentar presentar una declaración mensual de IVA, el aplicativo arroja la siguiente pantalla:
De esta forma se puede apreciar que el primer aviso que hace la declaración es respecto al periodo de la información tomada en cuenta para el prellenado.
Una vez cerrada esta pestaña, el aplicativo solicita que el contribuyente de que se trate que confirme los datos precargados en la declaración, en las pestañas que se muestran:
El verdadero problema al que se enfrentan los contribuyentes es que el aplicativo ya contiene las cantidades precargadas de los CFDI, solicitando que estos solo clasifiquen cada concepto tanto del IVA causado como del IVA acreditable.
Lo que da un poco de tranquilidad es que los campos totales pueden ser editados y ajustados a la realidad del contribuyente; sin embargo, es una realidad que generará suspicacia en la autoridad respecto a la forma de emisión de los CFDI.
Misma situación ocurre en los apartados de “IVA Acreditable” y “Determinación”. Pareciera que estos avances facilitan el cumplimiento de obligaciones fiscales de los contribuyentes; no obstante, unos consideran que esto atenta contra la autodeterminación de las contribuciones, ya que se sospecha que el futuro de la presentación de las declaraciones se hará de forma automática sin que el contribuyente pueda ajustar su información contable.