Lista, guía de llenado para la anual de personas morales-régimen general

Entérese de las especificaciones que la autoridad realizó para el mejor cumplimiento de la presentación de la declaración de personas morales

Cada año, es requisito para todos los contribuyentes personas morales (PM) cumplir con la presentación de la declaración anual bajo el régimen general de ley

Por ello, recientemente el Servicio de Administración Tributaria (SAT) difundió  la "Guía de llenado" de la declaración en comento. Este recurso tiene como objetivo proporcionar a los contribuyentes personas morales una herramienta que les permita comprender cómo realizar la presentación de su declaración anual (DA) correspondiente al ejercicio fiscal 2023. 

La guía está diseñada específicamente para ser utilizada en el aplicativo "Presenta tu declaración anual personas morales. Régimen general ejercicios 2019 y posteriores", facilitando así el cumplimiento de esta obligación tributaria. Dentro de dicha guía los contribuyentes podrán obtener a detalle el llenado de los siguientes rubros:

  • Ingresos 
    • exentos o no acumulables
    • nominales
    • ajuste anual por inflación
    • ingresos que solo se acumulan en la declaración anual, y
    • total de ingresos acumulables 
  • Deducciones autorizadas 
    • sueldos, salarios y asimilados
    • gastos
    • deducciones relacionadas con la nómina
    • deducción de inversiones
    • costo de lo vendido
    • ajuste anual por inflación
    • facilidades administrativas o estímulos deducibles, y
    • total de deducciones autorizadas
  • Determinación
    • total de ingresos acumulables
    • total de deducciones autorizadas
    • utilidad o Pérdida fiscal antes de PTU
    • PTU pagada en el ejercicio
    • utilidad o pérdida fiscal del ejercicio
    • pérdidas fiscales de ejercicios anteriores 
    • resultado fiscal 
    • impuesto causado del ejercicio
    • estímulos por aplicar al impuesto causado 
    • impuesto sobre la renta del ejercicio
    • impuesto acreditable por dividendos o utilidades distribuidas.
    • impuesto acreditable pagado en el extranjero
    • pagos provisionales efectuados
    • ISR retenido al contribuyente
    • ISR a cargo o favor del ejercicio, y
    • coeficiente de utilidad menor en pagos provisionales al determinado en el ejercicio
  • Pago
    • impuesto a cargo o a favor
    • subsidio para el empleo
    • compensaciones
    • estímulos al impuesto a cargo
    • total de aplicaciones
    • cantidad a cargo
    • cantidad a pagar
    • fecha del pago realizado con anterioridad
    • monto pagado con anterioridad
    • impuesto a cargo, y
    • recargos por la diferencia entre los pagos provisionales realizados
  • Datos adicionales
    • coeficiente de utilidad del ejercicio
    • ¿estás obligado a calcular y pagar PTU del ejercicio que declara
    • Cuenta de Capital de Aportación (CUCA)
    • Cuenta de Utilidad Fiscal Neta (CUFIN)
    • esquema reportable
    • contribuyentes dedicados exclusivamente a la generación de energía proveniente de fuentes renovables o de sistemas de cogeneración de electricidad eficiente
    • vista previa y envío de la declaración, y
    • consulta de la declaración
.
 .  (Foto: Freepik, Imagen de KamranAydinov en Freepik)

Información a considerar en la presentación de la declaración anual 2023

En comparación con la guía de llenado del ejercicio 2022, existen muy pocos cambios. Únicamente destaca:

  • el procedimiento a seguir  cuando las  pérdidas fiscales no aparecen dentro del aplicativo, en cuyo caso estas pueden llenarse de manera manual al dar clic en el botón “AGREGAR” (pág. 78), y
  • lo relativo a los estados financieros, apartado en el que solamente  quedaron los básicos y la conciliación contable (situación financiera, resultados y conciliación)

Procedimiento para la presentación de la declaración anual 2023 

De conformidad con la regla 3.9.14 de la Resolución Fiscal Miscelánea 2021 (RMISC 2024), los contribuyentes personas morales que tributen en los términos del Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), deberán presentar la declaración anual en la que determinen el resultado fiscal del ejercicio o la utilidad gravable del mismo, y el monto del impuesto correspondiente, ingresando al portal del SAT a través del servicio de "Declaraciones y Pagos".

La declaración estará prellenada con la información obtenida de los pagos provisionales del ejercicio y con la información de la declaración anual del ejercicio inmediato anterior presentada por el contribuyente, así como de los CFDI de nómina que hayan emitido a sus trabajadores.

En caso de que el contribuyente desee modificar la información prellenada, obtenida de los pagos provisionales, debe presentar declaraciones complementarias de dichos pagos. Asimismo, tiene que capturar la información requerida por el propio aplicativo.

Concluido el llenado de la declaración, se debe realizar el envío utilizando la e.firma.

Sanción por no presentar declaración anual 2023

Omitir la presentación de las declaraciones, las solicitudes, los avisos o las constancias que exijan las disposiciones tributarias, o no hacerlo a través de los medios electrónicos que señale la autoridad fiscal o presentarlos a requerimiento de esta. Así como no atender los requerimientos de la autoridad para presentar alguno de los documentos o medios electrónicos, o  atenderlos fuera de los plazos señalados, son conductas sancionadas con las siguientes multas:

  • de $1,810.00 a $22,400.00, tratándose de declaraciones, por cada una de las obligaciones no declaradas. Si dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que se presentó la declaración por la cual se impuso la multa, el contribuyente presenta declaración complementaria de aquella, declarando contribuciones adicionales, por dicha declaración también se aplicará la multa mencionada
  • de $1,810.00 a $44,790.00, por cada obligación a que esté afecto, al presentar una declaración, solicitud, aviso o constancia, fuera del plazo indicado en el requerimiento o por su incumplimiento
  • de $18,360.00 a $36,740.00, por no presentar las declaraciones en los medios electrónicos estando obligado a ello, presentarlas fuera del plazo o no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales para presentarlas o cumplirlos fuera de los plazos señalados en estos

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