Qué responde el SAT sobre el aviso de socios

El fisco brinda procedimiento alterno para cancelación del Registro Federal de Contribuyentes de un socio fallecido y del que se desconoce su situación fiscal

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En marzo pasado se llevó a cabo la primera reunión de 2024 entre el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y las Coordinaciones Nacionales de Síndicos del Contribuyentes en la que se pusieron en la mesa diversos temas.

Una de los problemáticas que manifestó la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) fue la presentación del aviso de socios o accionistas cuando las empresas tienen los siguientes supuestos:

  • suspensión de actividades
  • enajenación de acciones sin aviso a la emisora, y
  • fallecimiento del accionista y se desconoce los datos necesarios para dar de baja el Registro Federal de Contribuyentes (RFC)

Sobre este último punto, se solicitó a la autoridad la emisión de reglas en donde se precise el procedimiento, que permita a los sucesores obtener la información de la o las empresas en las que el de cujus aparece como socio o accionista fallecido.

La respuesta del SAT es que únicamente la persona que fue designada como albacea, mediante resolución judicial, puede solicitar la información de las relaciones existentes que tiene el contribuyente fallecido con la persona moral con quien, en su caso, tuvo relación.

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Trámite de baja del RFC del contribuyente fallecido

Para ello, debe acudir a la oficina del SAT, previa cita, en el área de orientación fiscal  acreditando su personalidad como albacea y mostrando su identificación oficial vigente.  

Después de obtener la información debe presentar un caso de aclaración por obligaciones fiscales en el RFC con la siguiente información, en los siguientes apartados:

  • Trámite. ACTUAL SPC_AC
  • Dirigido a. Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente
  • Asunto. Modificación o incorporación de socios, accionistas y asociados extranjeros
  • Descripción. Solicitud de baja de la obligación de socio o accionistas
  • Adjuntar. La documentación que acredite que ya no es parte de la sociedad de la cual requiere la baja

En conclusión, para que se pueda realizar la baja en el padrón del RFC de un contribuyente fallecido de quien no se tenga toda la información sobre su situación fiscal ante el SAT, es necesario que el albacea levante el caso de aclaración con la información mencionada.

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