El Banco de México ha implementado reformas clave para promover el uso de la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de Fondeo a un día, posicionándola como la nueva referencia en los mercados financieros del país. Esta transición responde a las recomendaciones del Consejo de Estabilidad Financiera (FSB) y la Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO), enfocadas en asegurar tasas de referencia más transparentes y robustas.
Desde el 20 de enero de 2020, Banxico comenzó a publicar la TIIE de Fondeo en el Diario Oficial de la Federación, con el objetivo de que esta tasa se convierta en el estándar para operaciones de dinero y derivados, fortaleciendo así la estabilidad financiera.
Para fomentar su adopción, Banxico restringirá gradualmente el uso de las tasas TIIE tradicionales (a 28, 91 y 182 días) en nuevos contratos, obligando a los participantes a migrar hacia la TIIE de Fondeo.
Una medida destacada en esta transición es la conversión de swaps basados en la TIIE a 28 días hacia la nueva tasa de Fondeo. Las operaciones resultantes de dicha conversión se tratarán como una sola operación integrada, simplificando así el proceso para los participantes del mercado y evitando complicaciones adicionales.
Efectos fiscales
De tal forma que el 12 de noviembre de 2024, se publicó en el DOF el “Decreto por el que otorga un diferimiento del momento de la acumulación de los intereses que se obtengan en las operaciones de intercambio (swap) cuyo subyacente sea la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio a plazo de 28 días, que se conviertan en otras operaciones de intercambio (swap) cuyo subyacente sea la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio a plazo de un día hábil bancario (TIIE de Fondeo), con el fin de que se consideren dichas operaciones como una sola operación financiera derivada integrada y tengan los efectos fiscales correspondientes”.
Los aspectos relevantes del decreto son los siguientes:
Ajuste fiscal |
Se permitirá el diferimiento en la acumulación de intereses para contribuyentes que conviertan swaps basados en la TIIE a 28 días a swaps referenciados en la TIIE de Fondeo. El objetivo es alinear los efectos fiscales con la nueva estructura del mercado y facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias |
Requisitos para el diferimiento |
|
Condiciones específicas: |
|
¿Cuándo se dará por terminado el diferimiento?
El diferimiento otorgado por el decreto terminará en cualquiera de estos casos:
- al liquidar tras la conversión o tras el vencimiento del segundo “swap”
- al enajenar los derechos u obligaciones de las operaciones financieras derivadas
- al vencimiento de la operación financiera derivada integrada
Si en la conversión se recibe o paga efectivo, el diferimiento no aplicará, y se deberán acumular los intereses recibidos o deducir los pagados en ese momento, según corresponda.