Conozca las especificaciones que deberán atender los contribuyentes para aplicar estos beneficios fiscales



El 13 de enero de 2025, la presidenta de la república anunció el "Plan México", una estrategia clave para potenciar el crecimiento económico y social del país. Iniciativa que busca atraer inversión extranjera, fortalecer la industria nacional y generar nuevas oportunidades de empleo.

Como parte de estas medidas, el 21 de enero de 2025, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto con estímulos fiscales para sectores estratégicos, el cual entrará en vigor el 22 de enero de 2025

Deducción inmediata 

El principal incentivo del decreto consiste en la deducción inmediata de inversiones en bienes nuevos de activo fijo, adquiridos entre la fecha de entrada en vigor del decreto y el 30 de septiembre de 2030. 

Esto permite deducir el monto original de inversión en el ejercicio fiscal en el que se realice, aplicando porcentajes establecidos en el decreto.

Algunos aspectos importantes son que:

  • inversiones deben mantenerse en uso por al menos dos años

  • no aplica para ciertos bienes, como mobiliario de oficina, automóviles de combustión interna o bienes no identificables individualmente

  • solo se consideran bienes nuevos utilizados por primera vez en México

Además de que:

  • los contribuyentes deben llevar un registro específico de las inversiones que incluyan descripciones detalladas, porcentajes aplicados y usos específicos en sus actividades

  • en el caso del IVA, estas inversiones serán deducibles si cumplen con los requisitos de la LISR

Pese a esto, quedaron pendientes los lineamientos para la aplicación de la deducción inmediata, los cuales se dieron a conocer hasta el 21 de marzo de 2025 en el Diario Oficial de la Federación en el “Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para aplicar el Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para apoyar la estrategia nacional denominada "Plan México", para fomentar nuevas inversiones, que incentiven programas de capacitación dual e impulsen la innovación”.

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Qué dicen los lineamientos para la aplicación del estímulo Plan México 

Los lineamientos establecen los requisitos y procedimientos para obtener la constancia de cumplimiento, los criterios y requisitos para proyectos de inversión y el convenio de colaboración, así como las reglas de funcionamiento del comité de evaluación.

Comité de evaluación

Este estará integrado por el Subsecretario de Ingresos, quien lo presidirá, un representante de la Secretaría de Economía y un representante del Consejo Asesor de Desarrollo Económico Regional y Relocalización (CADERR) también se contará con un secretario técnico de la Unidad de Política de Ingresos Tributarios.

El Comité de Evaluación tendrá las siguientes atribuciones:

  • analizar la información y documentación presentada por el contribuyente solicitante

  • emitir o revocar la constancia de cumplimiento al contribuyente solicitante o acreditado, según sea el caso

  • determinar el monto máximo que podrá aplicar el contribuyente acreditado por cada ejercicio fiscal y por cada uno de los estímulos fiscales

  • constituir grupos de trabajo para realizar los análisis o estudios relacionados con los proyectos de inversión y los convenios de colaboración

  • cuando así se requiera, incluir la participación de invitados especiales, expertos en los temas de los proyectos y convenios que presenten los contribuyentes solicitantes, y en su caso, solicitar la opinión de académicos, especialistas o representantes de organismos de los sectores privado, público y social

  • solicitar a las dependencias y entidades la información que sea necesaria para el ejercicio de sus atribuciones

  • vigilar el cumplimiento de los lineamientos

  • sesionar de manera ordinaria una vez al mes, dentro de los primeros 10 días del mes, y de manera extraordinaria cuando así se requiera

  • aprobar las modificaciones a los lineamientos

  • emitir los acuerdos necesarios para el cumplimiento de su objeto y dar seguimiento a los mismos

  • interpretar lineamientos y resolver los asuntos no previstos en los mismos que sean materia del beneficio

Requisitos para la obtención de la constancia

Para obtener la constancia de cumplimiento, el contribuyente deberá cumplir con los requisitos establecidos en el decreto que otorga el beneficio y presentar lo siguiente:

  • documentación requerida

    • constancia de situación fiscal

    • opinión positiva de cumplimiento fiscal 

    • identificación oficial vigente

    • para personas morales: Copia simple del poder notarial vigente que acredite la representación legal para actos de dominio o administración

    • cédula de determinación de cuotas obrero-patronales correspondiente a los tres meses previos a la solicitud, en formato impreso o digital generado por el sistema autorizado por el IMSS

  • firma electrónica avanzada

El contribuyente deberá presentar un escrito libre que incluya:

  • domicilio y correo electrónico para recibir notificaciones, además del nombre de la(s) persona(s) autorizada(s) para recibirlas

  • nombre comercial, en caso de estar registrado ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial

  • número de trabajadores registrados en el IMSS, especificando el régimen de inscripción, cuántos son permanentes o eventuales y su área de actividad

  • indicación del estímulo fiscal aplicable, ya sea:

    • polos de Desarrollo del Bienestar del Istmo de Tehuantepec

    • polos Industriales de Bienestar Progreso I y Mérida I (Yucatán)

    • región fronteriza norte

    • región fronteriza sur

  • declaración bajo protesta de decir verdad, afirmando que la información proporcionada es verídica y que el solicitante ha leído y acepta los términos 

  • manifestación sobre recursos legales, indicando que no ha promovido ningún medio de defensa contra los acuerdos del comité de evaluación o, en su caso, que se ha desistido antes de presentar la solicitud

Además se deberá presentar la documentación correspondiente al tipo de inversión que se realice.

Procedimiento para obtener la constancia de cumplimiento

Para obtener la constancia de cumplimiento, el contribuyente deberá presentar un escrito libre en español ante la ventanilla única, junto con la documentación requerida según los lineamientos aplicables. 

Si la solicitud se envía por correo electrónico, se considerará recibida cuando se confirme su recepción, debiendo adjuntar los documentos en formato PDF, con un máximo de 20 MB por archivo.

El Secretario Técnico revisará la documentación en un plazo de seis días hábiles y notificará cualquier inconsistencia, otorgando tres días hábiles para corregirlas, con una posible prórroga de cinco días hábiles si se solicita antes del vencimiento del plazo. Si la información no se entrega completa o en tiempo y forma, la solicitud será desechada.

Si la solicitud cumple con los requisitos, el Secretario Técnico la enviará al Comité de Evaluación en un máximo de cuatro días hábiles. El Comité tendrá hasta 30 días hábiles para analizar la documentación y emitir su resolución.

Si el Comité aprueba la solicitud, emitirá la constancia de cumplimiento en un plazo de siete días hábiles, determinando el estímulo fiscal y el monto autorizado. La Secretaría notificará al contribuyente en un máximo de cuatro días hábiles tras su emisión.

Escrito libre para la inversión en activos

En el caso en particular de los activos fijos, el escrito libre deberá contener:

  • descripción detallada de las inversiones en bienes nuevos de activo fijo en territorio nacional, explicando cómo estas inversiones aportarán ventajas competitivas, desarrollarán la proveeduría local o fortalecerán los canales de comercialización directa

  • nombre, valor total, tiempo estimado de duración, y cronograma del proyecto de inversión

  • detalles de cada tipo de activo fijo, como el tipo de activo, características, monto de la inversión (sin IVA), tasa de deducción, origen, fechas de adquisición y uso, lugar de instalación, y el motivo de la adquisición

  • si aplica, incluir certificaciones o constancias vigentes en materia ambiental, laboral o de economía circular

  • declaración anual de los tres ejercicios fiscales anteriores o, en su caso, los ingresos estimados para el ejercicio fiscal en curso si el contribuyente es nuevo o está iniciando operaciones

Escrito por gastos de capacitación

El contribuyente debe proporcionar la siguiente información sobre cada convenio de colaboración para la implementación de la educación dual:

  • nivel escolar, nombre y claves de las instituciones educativas participantes, número de estudiantes por instructor, períodos escolares cubiertos, planes de estudio avalados por la Secretaría de Educación Pública (SEP), lugar donde el tutor imparte sus conocimientos, y puestos de aprendizaje disponibles

  • monto de los gastos en capacitación de los tres ejercicios fiscales anteriores, y el proyectado para el ejercicio actual, con una descripción de estos gastos

  • importe del estímulo fiscal solicitado por ejercicio fiscal

  • declaración anual de los tres ejercicios fiscales anteriores, o, si es un contribuyente nuevo, los ingresos estimados para el ejercicio fiscal en curso

  • explicación de cómo los gastos de capacitación están vinculados con la actividad del contribuyente y cómo estos beneficiarán a los trabajadores en términos de conocimientos técnicos o científicos

Los lineamientos referidos entran en vigor al día siguiente de su publicación: es decir, el 24 de marzo de 2025.

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