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MIE 13/08
TDC 18.5657
JUE 10/07
INPC 140.7800
MAR 01/07
RECARGOS FEDERALES 1.47%
SAB 01/02
UMA 113.14
La Ciudad de México impulsa impuesto ecológico en 2025 para frenar emisiones
Los impuestos no solo cumplen una función recaudatoria; también pueden ser herramientas para moldear comportamientos sociales y proteger el medioambiente. Así nacen los llamados impuestos ecológicos, diseñados para penalizar prácticas contaminantes y promover un desarrollo más limpio.
En México, la posibilidad de crear estos tributos se respalda en la Constitución, que establece principios como la legalidad, equidad y proporcionalidad fiscal. Tanto la federación como los estados y municipios tienen facultades para legislar en materia tributaria, siempre que no invadan competencias exclusivas y respeten el marco constitucional.
Inicios de los impuestos ecológicos
Inspirados por países europeos que desde los años noventa han liderado el uso de impuestos verdes —como Finlandia, Noruega o Alemania— algunas entidades mexicanas comenzaron a aplicar este tipo de mecanismos. Zacatecas abrió camino en 2017 con un impuesto a las emisiones contaminantes. Luego se sumaron otras entidades como el Estado de México y, más recientemente, la Ciudad de México.
A partir de 2025, la capital del país implementó un impuestoecológico dirigido a las empresas que generan gases de efecto invernadero. Su propósito no es meramente recaudatorio: busca reducir las emisiones y canalizar los ingresos hacia acciones ambientales concretas como movilidad sustentable, reforestación urbana o tratamiento de aguas.
Este esquema responde al principio de “quien contamina, paga”, promoviendo una mayor corresponsabilidad entre el sector privado y el medioambiente.
Más que una nueva carga fiscal, estos impuestos se presentan como una llamada a la acción: transitar hacia modelos productivos más limpios, asumir el costo real de la contaminación y replantear la relación entre crecimiento económico y sostenibilidad.
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Nuevo impuesto verde en CDMX
Con la entrada en vigor del Capítulo VII TER del Código Fiscal de la Ciudad de México (CFCDMX) en 2025, el gobierno capitalino formaliza la implementación de un nuevo Impuesto a la Emisión de Gases Contaminantes a la Atmósfera. Este gravamen está dirigido a personas físicas o morales que operen fuentes fijas de contaminación dentro del territorio de la capital.
El impuesto aplica únicamente si las emisiones mensuales superan una tonelada de dióxido de carbono equivalente (tCO₂e), ya sea por emisiones de dióxido de carbono, metano, óxido nitroso o una mezcla de estos gases. Fábricas, talleres, centros de servicios y otras instalaciones con actividad industrial o comercial están consideradas dentro de esta regulación.
El monto a pagar dependerá de la cantidad total de gases emitidos, convertidos a su equivalente en CO₂ mediante factores oficiales:
1 tonelada de CO₂ = 1 tCO₂e
1 tonelada de metano (CH₄) = 28 tCO₂e
1 tonelada de óxido nitroso (N₂O) = 265 tCO₂e
La cuota establecida es de $58.00 por tonelada emitida, y se calculará mensualmente. El pago debe realizarse a más tardar el día 17 del mes siguiente al que se generaron las emisiones, en calidad de pago provisional. Posteriormente, se realizará una declaración anual cada mes de julio.
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Entrada en vigor el impuesto
Aunque el nuevo Impuesto a la Emisión de Gases Contaminantes a la Atmósfera fue previsto para iniciar con el ejercicio fiscal 2025, el gobierno de la Ciudad de México decidió otorgar una prórroga a los contribuyentes obligados.
Mediante una resolución de carácter general, se pospuso el cumplimiento de las obligaciones correspondientes a enero y febrero de 2025. Esto significa que quienes estén sujetos a este impuesto podrán declarar y pagar esos dos meses junto con la declaración anual, prevista para julio de 2026.
En cuanto al mes de marzo, el impuesto sí deberá pagarse de manera ordinaria, cuya fecha límite fue el 17 de abril de 2025.
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