¿Contribuyente debe presentar declaración anual sin
obligación?

Contribuyentes personas físicas que no están obligados a presentarla les aparece la opinión de cumplimiento negativa
La opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es un documento de carácter oficial que refleja la situación tributaria del contribuyente en relación con la observancia de sus deberes formales y sustantivos ante la autoridad hacendaria.
Su relevancia radica en que les permite a los pagadores de impuestos acreditar ante terceros, tanto del ámbito público como privado, que se encuentran al corriente en la presentación de sus declaraciones, el pago de contribuciones y que no existen créditos fiscales firmes en su contra. Cada vez es más importante su utilización.
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No obstante, se está presentando el inconveniente de que por alguna circunstancia, a varios contribuyentes les está llegando un mensaje (ya sea por teléfono o por correo electrónico) sobre su obligación de presentar la declaración anual 2024
Adicionalmente, al consultar la opinión de cumplimiento, esta aparece como negativa debido a la falta de presentación de la declaración anual.
Tras el análisis, se ha detectado que en algunos casos se trata de contribuyentes que no estaban obligados a presentar la declaración correspondiente al ejercicio fiscal 2024, ya que no estaban dentro de los supuestos establecidos por la ley.
Basta recordar que debieron presentar la declaración anual únicamente las personas físicas que durante 2024 hayan percibido ingresos por servicios profesionales (honorarios), actividades empresariales, arrendamiento, intereses, dividendos o enajenación de bienes.
También están obligados quienes hayan obtenido ingresos por sueldos y salarios superiores a $400,000, o hayan trabajado para dos o más patrones
Si el contribuyente no se encuentra dentro de los supuestos legales que le obligan a presentar su declaración anual del ejercicio 2024, no tiene porqué hacerlo. Hay que tener presente que el hecho de haberla presentado en ejercicios anteriores por alguna causal específica no implica que deban hacerlo nuevamente.
No obstante, si la opinión de cumplimiento aparece en sentido negativo debido a la supuesta omisión de la declaración anual en cita, es necesario desvirtuar dicha observación.
Para ello, el contribuyente debe ingresar al portal oficial del SAT utilizando su RFC y contraseña o e.firma.
Una vez dentro, tiene que dirigirse al apartado de “Otros trámites y servicios” y acceder a la opción de Aclaraciones, solicitudes o avisos. Ahí encontrará el servicio para presentar una aclaración relacionada con la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales.
En el escrito, se debe exponer de forma clara y fundamentada la razón por la cual no procede la calificación negativa.
Si la causa es la presunta omisión de la declaración anual, y el contribuyente no está obligado legalmente a presentarla, debe argumentarse conforme a la LISR demostrando que no se actualiza ninguno de los supuestos que generan dicha obligación.