México analiza estímulos fiscales por la Copa Mundial 2026

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Conoce los posibles estímulos fiscales con que contarán los organizadores en México de la Copa Mundial de Fútbol 2026
El Paquete Económico 2026 incluye diversas propuestas económicas, sociales y fiscales, sujetas a revisión y aprobación para el próximo ejercicio fiscal 2026; entre los documentos que lo integran, destacan los Criterios Generales de Política Económica, el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) y la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación 2026 (LIF 2026).
En este último documento se incluyen diversos estímulos fiscales, entre los que destacan los relativos a la Copa Mundial de Futbol 2026 celebrada por primera vez con la participación de tres países, en este caso México, Estados Unidos y Canadá.
Siendo México un país sede mundialista se propone ofrecer diversos incentivos fiscales para los organizadores de este evento deportivo de gran talla internacional, y con ello lograr beneficios económicos, turísticos y sociales, que hagan atractivo a nuestro país en el ámbito internacional, esto acorde con el Plan Nacional de Desarrollo (PND) y a la visión de largo plazo del Plan México.
De manera específica, el artículo Vigésimo Quinto de la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación 2026 precisa que las personas físicas y morales residentes en México o en el extranjero con establecimiento permanente en el país, así como las personas físicas y morales residentes en el extranjero que participen en la organización y celebración de la Copa Mundial de Futbol 2026, dirigida por la Federación Internacional de Fútbol Asociado (FIFA); es decir, en las pruebas, los partidos y los eventos relacionados con dicha Copa, no estarán sujetos al cumplimiento de obligaciones tributarias relativas al pago, el traslado, la retención, la recaudación y el entero de las mismas, a partir del último cuatrimestre del ejercicio fiscal 2025.
Así, las sociedades constituidas de conformidad con las leyes mexicanas, y que actúen como subsidiaria de la FIFA, para la ejecución operativa de tareas, actividades y proyectos relacionados con la copa del mundo, deberán identificar a las personas relacionadas o involucradas en la participación del evento, proporcionando al Servicio de Administración Tributaria (SAT) la información necesaria, y a su vez, relacionándola con las personas que incluyan en sus escritos e informar sobre irregularidades detectadas.
Para tal efecto, se deberá presentar un escrito libre al SAT sobre la información referida a su competencia, pruebas, partidos y eventos relacionados con la misma, misma que se deberá actualizar de forma mensual. Este escrito tendrá que contener los siguientes requisitos:
No obstante, la exención o los estímulos fiscales 2025 precisados no aplicarían a los contribuyentes que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
Por su parte, el SAT publicará en las reglas de carácter general, de conformidad con la Resolución Miscelánea Fiscal (RMISC), considerando lo siguiente:
Como se aprecia, la finalidad principal de las empresas organizadoras, participantes y desarrolladoras de este evento deportivo tendrán derecho a aplicar exenciones o estímulos fiscales 2025; y la FIFA sería el aval de los contribuyentes participantes del mismo.
De ahí que nuestro país, de aprobarse el proyecto de la LIF en estos términos, aplicaría un régimen fiscal especial para la FIFA, integrando a patrocinadores, federaciones y proveedores vinculados a la Copa Mundial de Fútbol 2026, liberándolos de cargas tributarias; porque estarían exentos del pago de impuestos federales relacionados con el evento, así como el cumplimiento fiscal de retenciones, pago y deberes administrativos relacionados a dichos ingresos.