ISR para extranjeros que obtienen ingresos en México: guía
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Conoce la relevancia que tiene que se designe a un representante legal
Debido a la comercialización internacional, es posible que exista la obligación de que un extranjero pague Impuesto sobre la Renta (ISR) en México; de acuerdo con la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), en el Título V se encuentran normados aquellos ingresos que serán objeto del pago de esta contribución.
Para determinar si un ingreso se considera sujeto al pago de ISR debe atenderse a una particularidad, la fuente de riqueza; esto es así, ya que en términos de los numerales 1o. y 153 de la LISR, son obligados al pago de ISR las personas físicas o morales que obtengan ingresos cuya fuente de riqueza se ubique en territorio nacional, aun cuando no cuenten con un establecimiento permanente situado en México.
De forma que, cuando un extranjero obtenga ingresos en efectivo, bienes, servicios o crédito, cuya fuente de generación sea en territorio nacional, debe pagar ISR, ya sea vía retención o pago directo.
Cuando en un artículo determinado se señale que el impuesto se cubre mediante retención, quien se encuentre obligado al pago debe retener el porcentaje que así corresponda, según el tipo de pago realizado, y enterrarlo a más tardar el día 17 del mes de calendario inmediato posterior al de terminación del periodo de la retención.
La obligación de retener y enterar nace cuando quien efectúe el pago sea residente en México o residente en el extranjero con un establecimiento permanente en el país.
En cambio, cuando no se cumple con la premisa anterior, será el receptor del ingreso quien tiene la obligación de realizar el pago del ISR, contando con 15 días siguientes a la fecha de obtención de este.
Sin embargo, dada la complejidad que puede presentarse al momento de enterar el gravamen, los contribuyentes extranjeros pueden nombrar un representante en México, quien en todo caso debe cumplir con las obligaciones fiscales respectivas.
Por ello, es relevante tener en cuenta lo siguiente a efectos de presentar el aviso de designación del representante legal:
el aviso debe presentarse por el representante legal designado; por tanto, debe contar con el documento a través del cual se acredita tal calidad
cumplir con los requisitos determinados en la ficha de trámite 160/ISR del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025 (RMISC)
el trámite debe cumplimentarse antes de que fenezca el plazo para realizar el entero del ISR
la calidad fiscal del representante debe ser de residente en el país o con establecimiento permanente en México
al asumir voluntariamente la responsabilidad solidaria, los bienes propiedad del representante señalados en el aviso, tienen que encontrarse dentro de los referidos en el artículo 155 del Código Fiscal de la Federación (CFF)
cuando no se cumplan los requisitos y las condiciones del trámite se tendrá por no realizado, y por tanto, no serán aplicables los beneficios contenidos en el Título V de la LISR
Como se observa, la correcta designación de la representación de extranjeros cobra relevancia, porque en algunos supuestos se prevé un pago de ISR bajo un esquema de cálculo más benevolente; por ejemplo, determinar el pago del impuesto sobre una ganancia o utilidad, en lugar de aplicarse una tasa fija sobre el monto total del ingreso u operación.