SAT: cómo corregir o actualizar tus datos en el RFC
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Conoce algunos detalles sobre el procedimiento para actualizar el RFC de personas físicas a cargo del Servicio de Administración Tributaria
El aviso de corrección o cambio de nombre ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene como objetivo mantener actualizados los datos de identidad de las personas físicas registradas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Esto es fundamental para asegurar que la información fiscal del contribuyente coincida exactamente con la contenida en sus documentos oficiales, evitando discrepancias que puedan generar errores en declaraciones fiscales, emisión de facturas electrónicas o procesos administrativos posteriores.
De conformidad con el artículo 27 del Código Fiscal de la Federación (CFF), toda persona física o moral que deba inscribirse en el RFC debe proporcionar la información relacionada con su identidad, domicilio y demás datos que solicite la autoridad fiscal, así como informar sobre cualquier modificación a dichos datos en los plazos que establezca el Reglamento del CFF (RCFF).
Según el numeral 29 del RCFF y la regla 2.5.13 de la Resolución Miscélanea Fiscal para 2025 (RMISC 2025), las personas físicas están constreñidas a presentar el aviso de corrección o cambio de nombre cuando se produzca una modificación o ajuste en sus datos de identidad. Esto incluye la actualización de nombre, apellidos, fecha de nacimiento o CURP. El trámite también debe realizarse cuando se detecte que alguno de estos datos no coincide con la información registrada ante el SAT.
El procedimiento se encuentra detallado en la ficha de trámite 78/CFF “Aviso de corrección o cambio de nombre y demás datos de identidad”, y tiene que realizarse dentro del mes siguiente a aquel en que se haya efectuado la corrección o modificación del dato personal, o en cuanto el contribuyente advierta la discrepancia de que se trate.
Para acreditar el cambio o corrección de nombre, el contribuyente debe presentar los documentos oficiales que respalden la modificación, entre los cuales se encuentran:
acta de nacimiento actualizada,
identificación oficial vigente
acta de matrimonio o divorcio, o
resolución judicial emitida por autoridad competente en caso de cambio de identidad o reconocimiento de nombre
Estos documentos deben estar en buen estado, ser legibles y reflejar de forma clara la información correcta.
La presentación del aviso puede llevarse a cabo en las oficinas del SAT previa cita. El SAT utiliza la información actualizada para validar los datos de identidad en todos sus sistemas, incluyendo la emisión de facturas electrónicas, declaraciones, devoluciones y trámites de firma electrónica. En consecuencia, mantener al día estos datos ayuda a prevenir inconsistencias en los registros fiscales y posibles bloqueos en plataformas digitales o servicios relacionados con el RFC.
La actualización oportuna de los datos de identidad, como el nombre y la CURP, permite que los registros del SAT se mantengan sincronizados con otras bases de datos del gobierno federal, como las del Registro Nacional de Población, Instituto Nacional Electoral y del Instituto Mexicano del Seguro Social. Esto ayuda a conservar la coherencia y exactitud del padrón de contribuyentes, reduce el riesgo de errores, duplicidad o suplantación de identidad, e inconsistencias en la emisión de los CFDI.
Finalmente, cabe señalar que la modificación del nombre, y en su caso del RFC, de los contribuyentes es inmediata.