El Servicio de Administración Tributaria (SAT) por medio de un comunicado el 12 de enero de 2026 invitó a las empresas a presentar su Declaración Anual 2025 y cumplir con esta obligación fiscal en tiempo y forma.
Desde el 1 de diciembre del 2025 se habilitó el simulador del Régimen General y Régimen Simplificado de Confianza, para que las empresas visualicen la información que presentaron durante el ejercicio fiscal 2025.
Además, la plataforma de la Declaración Anual cuenta con la siguiente información precargada:
- Pagos provisionales presentados y pagados durante el ejercicio
- Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) pagada en el ejercicio
- Retenciones efectivamente pagadas (ISR por sueldos y salarios, asimilados a salarios, arrendamiento y RESICO)
- CFDI de devoluciones, descuentos y bonificaciones
- Remanente de declaraciones de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos, subsidio para el empleo, entre otros.
¿Cuándo y cómo hacer la Declaración Anual para Personas Morales?
De acuerdo con el SAT, las fechas para presentar la declaración son las siguientes:
- Las sociedades que se encuentren en periodo de liquidación tienen hasta el 19 de enero
- Las personas morales sin fines de lucro tienen hasta el 16 de febrero
- Los demás regímenes establecidos en el Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta y el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) tienen hasta el 31 de marzo
Para enviar la declaración se necesita tener la e.firma vigente y contar con un servicio de banca electrónica, ya que en caso de obtener saldo a favor o en contra, el pago se debe realizar mediante transferencia a través de bancos autorizados para el cobro de contribuciones federales.
Si existe saldo a cargo, la actualización de la información será después de 48 horas del pago, si el saldo está en ceros, tardará 24 horas en reflejarse.
Es importante recordar que si se quiere modificar los ingresos o cualquier otro dato precargado, se deben presentar declaraciones complementarias.
¿Cuáles son las consecuencias de no presentar la Declaración Anual para Personas Morales?
Los contribuyentes pueden recibir actualizaciones, recargos o multas por no presentar la Declaración Anual o hacerla fuera de tiempo.
De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación (CFF), en 2026 la multa podría ir de 20,790 a 41,590 pesos mexicanos por no presentar las declaraciones, presentarlas fuera del plazo o no cumplir con los requerimientos solicitados.
Aunado a la multa, si tu declaración daba como resultado saldo en contra, deberás cubrir el monto original más recargos y actualizaciones por el retraso, lo cual termina por aumentar la cantidad final de manera significativa.
La empresa que no presente su Declaración Anual también puede verse afectada para solicitar créditos, participar en licitaciones o recibir subsidios del gobierno, aunado a, en casos extremos, recibir una limitación o cancelación de CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet), lo cual detendría cualquier actividad económica formal de la organización.