Reducción de créditos de agua y predial
Si la autoridad te determinó un crédito de hasta $22,984.00 por agua o predial, podrás solicitar este beneficio
Fiscal Contable
En la Gaceta del DF del 26 de noviembre de 2010, se publicaron reformas al artículo Octavo Transitorio del Código Fiscal del DF, para saber los pasos a seguir para quienes deseen solicitar la disminución de créditos fiscales determinados por el fisco local, como a continuación se puntualiza.
Sujetos beneficiados
Quienes tengan créditos fiscales derivados de derechos por el suministro de agua e impuesto predial en inmuebles de uso habitacional, determinados por la autoridad fiscal menores a 400 días de salario mínimo general diario vigente en el DF
Procedimiento
- El interesado presentará la solicitud de disminución del adeudo se ingresará ante la Procuraduría Fiscal (PF)
- La PF tiene 10 días para solicitar a la autoridad liquidadora la determinación del crédito
- La autoridad emite la liquidación en un plazo máximo de 10 días y lo remite a la PF
- la PF notificará al deudor respecto de la procedencia o improcedencia de su petición, y en su caso, remitirá a recaudación la nueva liquidación para que dentro de 10 días proceda a su cobro
Vigencia: A partir del 27 de noviembre de 2010