¿Qué leyenda deben incluir los CFD’s?

Ante la confusión de los contribuyentes, el SAT permite el uso de dos leyendas durante el primer semestre de 2011

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 .  (Foto: IDC online)

La regla I.2.11.4. de la RMISC, precisaba que en las representaciones impresas de los CFD debía aparecer la leyenda “Este documento es una impresión de un comprobante fiscal digital”. Sin embargo, esta regla fue derogada. mediante la Segunda Modificación a la RMISC publicada en el medio oficial indicado el 28 de diciembre de 2010. 

Por su parte, la regla II.2.23.4.5., fracción V publicada en el DOF el 14 de septiembre de ese año, precisa que a partir 1o de enero de 2011 las representaciones impresas de los CFD deben contener la leyenda “Este documento es una representación impresa de un CFD”

El cambio de leyenda ha provocado que muchas empresas estén rechazando los comprobantes impresos y al mismo tiempo los emisores de CFD no han podido actualizar sus sistemas para incorporar la nueva leyenda. 

Ante tal situación, y en términos del Artículo Segundo Transitorio del Anteproyecto Cuarta Resolución de Modificaciones a la RMF 2010, se establece que durante el primer semestre de 2011, las representaciones impresas de los CFD´s podrán contener la leyenda “Este documento es una impresión de un comprobante fiscal digital”, por lo que durante dicho período se podrán utilizar de manera indistinta las leyendas señaladas en los dos primeros párrafos de esta nota.