Se aclaran dudas para presentar pagos mensuales
El SAT precisa la forma en la que se debe capturar la información para la que no hay un campo específico, por ejemplo, los saldos a favor de IVA
Fiscal Contable
Como comentamos en la nota Dificultades con la declaración mensual, la herramienta simplificada que liberó el SAT para que las personas físicas presenten sus pagos de ISR e IVA no contempla un campo específico para acreditar el saldo a favor de IVA de periodos anteriores al que se declara.
En dichas plantillas tampoco aparecen recuadros para aplicar la amortización de pérdidas, la disminución de la PTU pagada a los trabajadores ni la depreciación de inversiones.
A efectos que los contribuyentes puedan presentar correctamente su declaración mensual, el SAT dio a conocer a través de su página de Internet, las siguientes precisiones para capturar la información antes señalada:
- El importe de las pérdidas de ejercicios anteriores pendientes de amortizar, se debe capturar en el campo:”Compras y gastos del periodo que declaran”
- Las cantidades relativas a la deducción de inversiones (proporcional) y a la PTU, se deberán capturar en el campo: “Compras y gastos del periodo que declara”
- El monto correspondiente al saldo a favor de IVA de periodos anteriores que se desea acreditar en el mes, se podrá sumar al impuesto pagado (IVA acreditable por sus compras y/o gastos sin exceder del impuesto cobrado). De existir algún remanente, éste se podrá aplicar en meses posteriores
Considérese el siguiente ejemplo:
Datos generales:
IVA causado | 100 |
IVA acreditable | 50 |
Saldo a Favor de periodos anteriores | 200 |
Determinación del IVA
Conceptos | Formulario anterior | Formulario simplificado |
Impuesto Cobrado (IVA causado por sus ventas, servicios o arrendamiento) | 100 | 100 |
Impuesto Pagado (IVA acreditable por sus compras y/o gastos) | 50 | 100(1) |
IVA a cargo | 50 | 0 |
Acreditamiento del saldo a favor de periodos anteriores | 50 | N/A |
Cantidad a pagar | 0 | 0 |
(1) Los 100 corresponden a la suma de los 50 de IVA acreditable en el mes, más 50 del saldo a favor de meses anteriores. El remanente de saldo a favor por 150 se aplicará en meses posteriores siguiendo la misma mecánica
Asimismo, se precisa que tratándose de contribuyentes que realicen operacionesgravadas y exentas para efectos del IVA, deberán determinar la proporción del IVA acreditable en papeles de trabajo. Posteriormente capturarán en el campo: “Impuesto pagado (IVA acreditable por sus compras y/o gastos)”, el IVA que únicamente seria acreditable en el periodo que se declare, conforme a la proporción utilizada.
Ejemplo:
Datos del contribuyente
IVA causado (por ventas, prestación de servicios o arrendamiento) | 10,000 |
IVA pagado a sus proveedores (por compras y gastos) | 3,200 | |
Por: | Proporción aplicable (art. 5 de la LIVA) | 0.6571 |
Igual: | IVA acreditable | 2,103 |
Datos a capturar en el formulario
Concepto | Importe |
Impuesto cobrado (IVA causado por sus ventas, servicios o arrendamiento) | 10,000 |
IVA acreditable | 2,103 |
IVA a cargo | 7,897 |