No pagues recargos que no te corresponden

Las personas físicas pueden presentar sus pagos de enero y febrero hasta el 31 de marzo sin actualización ni recargos

 Intenttan reforma justa  (Foto: Redacción)

Redacción

Conforme a lo previsto por el artículo cuarto transitorio de la Primera Modificación a la RMISC 2014, publicada en el DOF el pasado 13 de marzo, las personas físicas podrán presentar la declaración y el pago que corresponda a enero y febrero de 2014 hasta el 31 de marzo de 2014.

Sin embargo, al ingresar a la herramienta de pagos provisionales, el sistema determina por defecto la actualización y los recargos, por considerar que la presentación se está realizando de manera extemporánea.

A fin de evitar el pago de los citados accesorios debes eliminar los datos que aparecen en los campos de actualización y recargos, para pagar únicamente el monto de tus impuestos a cargo.

 

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