¿Ya estás listo para presentar tu dictamen?
Te damos una guía para que cumplas con esta obligación
Fiscal Contable
Este viernes inicia el plazo para presentar el dictamen o en su caso la información alternativa a este, por lo que enseguida te mostramos los aspectos generales de esta obligación.
Quienes deben dictaminar sus estados financieros
Si en 2012 tus ingresos acumulables excedieron de 39 millones 140,520 pesos; el valor de tus activos fue superior a 78 millones 281,070 pesos o por lo menos 300 trabajadores te prestaron servicios durante cada uno de los meses del ejercicio, estás obligado a dictaminar tus estados financieros para efectos fiscales (art. 32-A del CFF)
Alternativas para no dictaminarse
De acuerdo con el beneficio contemplado en el artículo 7.1 del decreto publicado en el DOF del 30 de marzo de 2012, puedes optar por no dictaminarte si tus ingresos no excedieron de 40 millones de pesos
Si estás obligado a dictaminar tus estados financieros, y en 2012 obtuviste ingresos acumulables superiores a 40 millones de pesos, o el valor de tus activos o número de trabajadores exceden las cantidades previstas en el artículo 32-A, fracción I del CFF vigente en 2013, podrás optar por no dictaminarte (regla I.2.19.18. de la RMISC 2014).
En este caso debiste manifestar en tu declaración normal del ISR del ejercicio 2013, que tomarías esta opción y presentar a más tardar el 30 de junio la información alternativa al dictamen.
Fechas de presentación del dictamen y de la información alternativa
La información se presentará conforme al siguiente calendario:
LETRAS DE LA CLAVE EN EL RFC | FECHA DE ENVIO |
De la A a la F | del 13 al 18 de junio de 2014 |
De la G a la O | del 19 al 24 de junio de 2014 |
De la P a la Z y & | del 25 al 30 de junio de 2014 |
Se considerará que la información se presentó en plazo si se envía a más tardar el 30 de junio de 2014 aun cuando no se hubiera respetado el calendario indicado en el cuadro anterior.
La fecha de presentación del dictamen, será aquella en la que el SAT reciba correctamente la información correspondiente. Por lo anterior, te sugerimos consultar en la página de Internet del organismo la fecha de envío y recepción del dictamen.
Tratándose de sociedades controladoras que consoliden su resultado fiscal, deberán presentar su dictamen a más tardar el 14 de julio de 2014.
Instructivos y formatos guía para cumplir con esta obligación
Anexo | Contenido | |
Dictamen fiscal | Anexo 16 de la RMISC 2014 (DOF 16 de enero de 2014) | Instructivo para la integración y presentación del dictamen SIPRED 2013. El documento incluye los formatos guía para presentar el dictamen general, el de donatarias, y el de los contribuyentes del régimen simplificado; así como los cuestionarios de diagnóstico fiscal y de precios de transferencia |
Anexo 16-A “Instructivos de Integración para el dictamen 2013” de la RMISC 2014 (DOF 27 de enero de 2014) | Instructivos aplicables a:
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Información alternativa al dictamen | Anexo 21 de la RMISC 2014 (DOF 14 de enero de 2014) |
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Obligaciones del CPR que dictaminen estados financieros
Los contadores públicos registrados (CPR) que dictaminen estados financieros del ejercicio fiscal 2013 deben:
- contar con su certificado de Firma Electrónica Avanzada (Fiel) vigente
- haber cumplido con el refrendo de la certificación profesional
- haber presentado la renovación de su registro por medio de la página de Internet del SAT
- acreditar que cumplieron con la Norma de Educación Continua o de Actualización Académica, expedida por un colegio profesional o asociación de contadores públicos que tenga reconocimiento ante la SEP
- estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales
Sanción en caso de incumplimiento
La multa por no cumplir con esta obligación es de $10,980.00 a $109,790.00
Empresas que consoliden
Como resultado de la derogación del régimen de consolidación fiscal, las sociedades controladoras deben pagar el ISR que hayan diferido. El primer pago debió efectuarse a más tardar el 31 de mayo de 2014.
A fin de reflejar en el dictamen la opción elegida para el pago del impuesto diferido, el SAT emitirá un nuevo anexo para el dictamen fiscal del ejercicio de 2013, el cual se dará a conocer próximamente.