Nuevos plazos para envío de contabilidad electrónica
Te mostramos paso a paso lo que debes hacer para cumplir con esta obligación
Fiscal Contable
Las personas morales pueden enviar su catálogo de cuentas a más tardar en enero de 2015, en tanto que en ese mismo mes deberán reportar al SAT sus balanzas de comprobación correspondientes de julio a diciembre de 2014.
Si eres persona física, el catálogo de cuentas deberá enviarse a más tardar el 27 de febrero de 2015. Aquí te mostramos los pasos a seguir para que lleves a cabo tu contabilidad electrónica.