SAT debe devolver saldos a favor a inversionistas

No es viable negar la devolución a quienes únicamente obtienen ingresos por intereses menores a 100,000 pesos

En el formato electrónico podrá agilizar la devolución de sus saldos a favor
 En el formato electrónico podrá agilizar la devolución de sus saldos a favor  (Foto: Redacción)

La Prodecon recomendó a los titulares de las Administraciones Locales de Auditoría Fiscal del Norte del DF y de Naucalpan dejar sin efectos tres oficios en los que negaron la devolución de saldos a favor de ISR.

De acuerdo con la Recomendación/02/2015, el organismo argumentó que el contribuyente tenía dercho a la devolución aun cuando únicamente había obtenido ingresos por concepto de intereses reales, cuyo monto no excedió de 100,000 pesos.

Cabe recordar que en términos de los artículos 160 y 175 de la LISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2013, las personas físicas que únicamente obtuvieran ingresos por intereses reales inferiores al monto señalado en el párrafo anterior, no estaban obligadas a presentar declaración anual, por lo que el impuesto que les retuvieran las instituciones financieras tendría el carácter de pago definitivo.

A decir de la Prodecon, si bien dichos contribuyentes estaban relevados de la obligación de presentar su declaración anual, también lo es que las disposiciones antes citadas no prohibían a esos pagadores de impuestos presentar tal declaración, con la cual podían aplicar las deducciones, acreditamientos y disminuciones de carácter fiscal que procedan, lo que les da la posibilidad de obtener la devolución de los saldos a favor resultantes, en términos del CFF.

La retención de ISR que efectúan los bancos resulta excesiva en prácticamente todos los casos pues esta se determina sobre el monto de la inversión y no sobre el ingreso real que obtienen los contribuyentes, es decir, sobre los intereses que se perciben una vez descontada la inflación; incluso se llega a retener ISR en aquellos casos en que el contribuyente obtiene una pérdida pues la tasa de interés de la inversión es menor a la inflación anual.