DIOT por operaciones de IVA con certificación

Se deben reportar, ya que son objeto de la LIVA con fundamento en el artículo 24

Nuestra empresa IMMEX obtuvo la certificación para aplicar el crédito fiscal del IVA en las importaciones temporales, ¿esos actos los debemos manifestar en nuestra declaración mensual de operaciones con terceros (DIOT)?

Sí ha de reportarlas, pues son objeto de la LIVA con fundamento en su artículo 24, con independencia de que al haber obtenido la certificación correspondiente pueda aplicar un crédito fiscal consistente en una cantidad equivalente al 100 % del IVA que debió pagarse por la importación, susceptible de acreditarse contra el tributo a cargo según el numeral 28-A del ordenamiento en comento.

El monto lo tendrá que reflejar en el renglón “Total de los actos o actividades pagados en la importación de bienes y servicios a la tasa del 16 %” del formato A-29 “Declaración informativa de Operaciones con Terceros” del Anexo 1 de la RMISC 2015.