Quejas ante Prodecon suben 41%
Se publicó un listado de los 10 derechos para contribuyentes ante acciones de `cumplimiento persuasivo´
Fiscal Contable
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) reportó un crecimiento de 41% en sus servicios durante 2015, comparado con el año anterior por quejas y reclamaciones.
De enero a noviembre de 2015 se registró un total de 103,273 atenciones de los cuales 22,941 fueron quejas; 9,385 actos de representación legal; 69,323 asesorías y 1,624 acuerdos conclusivos.
Asimismo se publicó un listado de los 10 derechos que tendrán los pagadores de impuestos cuando sean objeto de las acciones de “cumplimiento persuasivo”, actividad que lleva a cabo el SAT a partir del 1 de diciembre de 2015.
Los derechos que se contienen en el documento referido son los siguientes:
1 Ser identificado preferentemente con tu nombre, razón o denominación social, RFC y domicilio fiscal.
2 Conocer los derechos que te asisten como contribuyente.
3 Ser informado de manera clara, concreta y cordial respecto de las presuntas inconsistencias u omisiones detectadas en el cumplimiento de tus obligaciones fiscales.
4 No ser obligado a llenar declaraciones o formatos no oficiales, a firmar compromisos para regularizarte o que se te requiera la exhibición de múltiples documentos.
5 Ser citado únicamente mediante oficio o carta invitación impresa a cualquier entrevista en las oficinas de las autoridades fiscales.
6 Ser acompañado a dichas entrevistas por tus asesores y, si así lo solicitas, por un representante de PRODECON para asesoría.
7 Conocer plenamente la identidad y cargo de los servidores públicos del SAT que intervengan en esas entrevistas.
8 Conocer por escrito y no sólo de manera verbal en tus entrevistas con las autoridades fiscales, las inconsistencias u omisiones señalados en el oficio o carta invitación.
9 Ser asesorado por las propias autoridades del SAT sobre la forma de cumplir con tus obligaciones fiscales y las opciones que tienes para, en caso de que así lo decidas, regularizarte.
10 Saber que el cumplimiento de estas invitaciones es voluntario, por lo que si no las atiendes no te generan, por sí solas, obligaciones ni consecuencias jurídicas.