Momento para acreditar el IVA

Dependerá si el adquirente de los bienes o servicios, tiene o no la calidad de retenedor del tributo que le fuera trasladado

Expertos piden incluir IVA en alimentos y medicinas
 Expertos piden incluir IVA en alimentos y medicinas  (Foto: Redacción)

Por Antonio Castillo

Cuando el adquirente del bien o servicio de que se trate sea algunos de los sujetos obligados a retener el impuesto que le sea trasladado, éste se considerará efectivamente pagado cuando sea declarado y enterado el tributo retenido, y en consecuencia, es el momento en que nace el derecho para llevar a cabo el acreditamiento.

Mientras tanto, en aquellos casos en los que no exista la obligación de efectuar tal retención, el acreditamiento del impuesto procederá cuando el proveedor del bien o servicio reciba el pago correspondiente, pues el derecho al acreditamiento no está supeditado a que el gravamen a cargo del consumidor deba ser declarado y enterado ante la autoridad hacendaria por parte del enajenante del bien o el prestador del servicio.

Esto es así, pues lo dispuesto en los artículos 1-B y 5, fracción III de la  LIVA se actualiza en cualquiera de los siguientes supuestos:

  • en el momento en que el bien o el servicio correspondiente, se paga efectivamente –sea en numerario o en electrónico–
  • en la fecha de cobro del cheque o cuando el contribuyente transmite ese título de crédito a un tercero, y
  • cuando se declara y entera ante la autoridad hacendaria

En este sentido se pronunció el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Sexto Circuito de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la tesis de rubro: VALOR AGREGADO. MOMENTO EN QUE EL IMPUESTO RELATIVO SE CONSIDERA "EFECTIVAMENTE PAGADO" PARA LA PROCEDENCIA DE SU ACREDITAMIENTO O DEVOLUCIÓN, EN FUNCIÓN DEL SUJETO QUE TIENE LA OBLIGACIÓN DE RETENERLO Y ENTERARLO, visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Materia Administrativa, Tesis: XVI.1o.A.71 A (10a.), Tesis Aislada, Registro 2010796, 8 de enero de 2016.