Estímulo fiscal para hacer películas

Se dan a conocer las reglas para quienes inviertan en estas producciones puedan obtener los beneficios tributarios

 Conozca el estímulo fiscal para la industria cinematográfica  (Foto: Redacción)

Redacción

Por Joyce Pasantes

En el artículo 189 de la LISR se otorga un estímulo fiscal a las empresas que inviertan en la producción cinematográfica nacional o en la distribución de películas cinematográficas nacionales.

El beneficio consiste en un crédito fiscal equivalente al monto de la inversión realizada en el ejercicio, contra el ISR a su cargo. El importe del crédito fiscal no será ingreso acumulable y no podrá exceder el 10 % del ISR a cargo.

A fin de obtener la gracia, los interesados deberán cumplir con los requisitos previstos en las reglas generales aplicables a la industria cinematográfica que se publicaron en el DOF este 28 de enero de 2016, mismas que entrarán en vigor a partir del 29 de ese mismo mes y año.

Dichos lineamientos se integran por estos apartados:

  • Definiciones
  • Comité Interinstitucional para la aplicación del estímulo fiscal a proyectos de inversión en la producción y distribución cinematográfica nacional
  • Procedimiento para el acceso al estímulo
  • Aportaciones y obligaciones de los contribuyentes aportantes y las empresas responsables del proyecto de inversión en la producción o distribución cinematográfica nacional, y
  • Revocación de la autorización para utilizar el beneficio

 

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